REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 28 de Agosto de 2006
196° y 147°
DECISIÓN N° 1708-06 CAUSA N° 9C-1641-06
Mediante escrito presentado por el Departamento de Alguacilazgo y del cual le correspondió conocer a este Tribunal de Control, el profesional del derecho CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ PÉREZ, Fiscal Primero del Ministerio Público del Estado Zulia, solicita la Libertad Inmediata del ciudadano LEONEL ENRIQUE CHIRINOS PARRA, portador de la Cédula de Identidad N° V.13.741.298.
Este Tribunal de Control para resolver observa:
El Ministerio Público en su escrito de Libertad Inmediata del ciudadano LEONEL ENRIQUE CHIRINOS PARRA, fundamenta que se recibieron en la fiscalía a su cargo, actuaciones (ACTA POLICIAL) provenientes de la Policía Regional del Estado Zulia, donde dejan constancia de la detención del mencionado ciudadano, por encontrarse solicitado ante el referido Despacho Fiscal, procediendo la Fiscalía Primera a verificar los datos respectivos, obteniéndose como resultado que al prenombrado ciudadano se le sigue causa por ante el Juzgado Duodécimo de Control de este Circuito Judicial Penal, según Expediente 12C-672-03, por el delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, por cuanto aún presenta el mencionado ciudadano solicitud ante el Sistema de Información Policial, que obedece a una omisión por parte del mencionado Cuerpo Policial, toda vez que el mismo no ha excluido del Sistema computarizado (pantalla).
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Control DECRETA la Libertad Inmediata al ciudadano LEONEL ENRIQUE CHIRINOS PARRA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 44 Ordinal 1° de las Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y las formalidades del Arresto y Detención del ciudadano, como es a través de una orden judicial o que la persona haya sido aprehendido en forma in fraganti en la comisión de algún hecho punible, Aunado que en el Código Orgánico Procesal Penal venezolano, se establece en los Artículos 8, 9 y 10 los principios garantistas como son el de presunción de inocencia, de afirmación de la libertad y el respeto a la dignidad humana que forma parte del sistema acusatorio, considerando que la libertad es la regla y la privación o la restricción de libertad tiene carácter excepcional, siendo que el referido imputado de autos se encuentra recluido en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, todo de conformidad con lo dispuestos en el Articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. ASÍ SE DECLARA.
DECISIÓN
Por lo fundamento antes expuestos, este juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD del ciudadano LEONEL ENRIQUE CHIRINOS PARRA, sin perjuicio de las acciones a que diera lugar.
Regístrese, Publíquese y Remítase a la Fiscalía Primera del Ministerio Público.
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL,
DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA JOSE ABREU
En la misma fecha de registro la anterior Resolución bajo el N° 1708-06 en el libro de registro de resoluciones llevado por este Tribunal de Control en el presente mes y año. Se libró oficio N° 3785-06.
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA JOSE ABREU
HCV/ef-04
Causa N° 9C-1641-06
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