República Bolivariana de Venezuela



Poder Judicial
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Circuito Judicial Penal
Juzgado Septimo de Primera Instancia en Funciones de Control
Maracaibo, 16 de Agosto de 2006
196° y 147°

DECISION N° 2479-06 CAUSA No 7C-7168-06

Vista la solicitud de MANDATO DE CONDUCCION antepuesta por la ciudadana Fiscal Octava del Ministerio Publico DRA. EGLE PUENTES ACOSTA, a los fines de que sea conducido en forma inmediata por la citada Fiscalia, de los ciudadanos RUBIO JESUS GONZALEZ RODRIGUEZ y CARLOS VEGA, este Juzgado para decidir observa:
I
Manifiesta la Representante del Ministerio Público que requiere de la inmediata comparecencia ante la Referida fiscalía de los ciudadanos RUBIO JESUS GONZALEZ RODRIGUEZ y CARLOS VEGA, con el objeto de tomarle declaración con relación a la investigación del caso signado bajo el No 24-F8-1015-06.
II
En tal sentido observa esta Juzgadora que efectivamente se evidencia la Inobservancia de las referidas citaciones realizadas por el Representante del Ministerio Publico a los referidos ciudadanos a objeto de ser entrevistados sobre los hechos a que se contrae la investigación penal, en consecuencia resulta procedente en derecho tramitar la solicitud presentada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público todo de conformidad con lo previsto en el Articulo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, Y ASI SE DECLARA.-

III
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en función de Control administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA el MANDATO DE CONDUCCION solicitada por la Fiscal Octava del Ministerio Público, contra los ciudadanos RUBIO JESUS GONZALEZ RODRIGUEZ residenciado en Conjunto Residencial Isla Dorada, Edificio Carolina, Apartamento 12B, Maracaibo, Estado Zulia y CARLOS VEGA, residenciado en el Funcionario Activo del Cuerpo de Bomberos donde puede ser ubicado, Maracaibo, Estado Zulia con funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, todo de conformidad con lo establecido en el Articulo 310° del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y notifíquese. .-
Líbrese la ORDEN DE MANDATO DE CONDUCCION respectiva.-
LA JUEZA,

DRA. EGLEE RAMIREZ

EL SECRETARIO

ABOG ERNESTO ROJAS
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado y se registra la presente Decisión con el N°. 2479-06, en el Libro de Registro de Decisiones llevado por este Tribunal en el presente año. Se ofició bajo el N°. 4084-06 al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas
EL SECRETARIO

ABOG ERNESTO ROJAS


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