REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, jueves tres (03) de agosto del año 2006
196° Y 147°

Decisión N° 2582-06 Causa N° 6C-7214-06

Visto y estudiado el escrito presentado por la ABOGADA ELIZABETH BARRIOS PAREDES, actuando en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en donde solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA con fundamento en lo dispuesto en el Articulo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto de la revisión efectuada al escrito presentado a criterio de esta Juzgadora no se hace necesario realizar Audiencia Oral, por encontrarse debidamente motivada, establecida en el artículo 323 del Código Orgánico Procesa Penal, y en razón de que de dicha decisión se emitieran las correspondientes boletas de notificación a los fines de que ejerzan su derecho de recurrir para el caso de no considerarlo las partes intervinientes a las instancias superiores, es por lo cual este Tribunal pasa a dictar decisión prescindiendo de la referida audiencia indicada en los siguientes términos:
I
Consta en la Investigación Penal contenida en las actuaciones de la causa seguida en contra del Ciudadano MARCOS FERNANDEZ, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio del Ciudadano TIN TIN EPIAYU, este Juzgado en funciones de Control para decidir considera:
I

Establece la Representación Fiscal que del estudio y análisis detenido realizado a las actas que conforman el expediente, observó que no surgen suficientes elementos de convicción como para demostrar la responsabilidad penal o la participación del Indiciario, determinándose que no puede atribuírsele la comisión de delito alguno, y tomando en consideración el tiempo transcurrido, es decir, desde el Catorce (14) de Junio del año 1990, resulta inoficioso la practica de cualquier diligencia, por lo cual lo procedente es solicitar el debido Sobreseimiento, actuando de conformidad a lo establecido en el ordinal 1° del artículo 318 del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL. Y ASI SE DECIDE
II

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del Ciudadano MARCOS FERNANDEZ, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio del Ciudadano TIN TIN EPIAYU, todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, Regístrese, déjese copia en archivo, y remítase al Archivo Judicial, en la oportunidad legal correspondiente.-



JUEZ SEXTO DE CONTROL
VANDERLELLA ANDRADE BALLESTEROS

LA SECRETARIA

En la misma fecha se registró la presente decisión bajo el N° 2582-06, se compulsó copia de archivo y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación según Oficio N° 2866-06.-


LA SECRETARIA



Causa N° 6C-7214-06
VAB /Beth.-