REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, siete (07) de Agosto de dos mil seis (2006).-
196° y 147°
Vista la Partición de Bienes, presentada en fecha siete (07) de Julio de dos mil seis (2006), por ingeniero CRISTOBAL JOSE BELLOSO POLANCO, actuando como partidor designado por este Tribunal, en la presente causa de Partición de Comunidad Hereditaria, seguido por las ciudadanas DAJHANA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, DAYALITZI RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ y DAYALISKI RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.524.169, V-14.524.170 y V-16.439.797, respectivamente, en contra de la ciudadana ROSA AZUAJE MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.888.419.- Asimismo por cuanto este Tribunal observa de las actas que ambas partes están de acuerdo con la partición efectuada por el partidor designado por este Tribunal, este Juzgado, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa la Partición de Bienes, antedicha en los términos y condiciones expuestas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.-
PUBLIQUESE y REGISTRESE:
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1384 del Código Civil.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los siete (07) días del mes de Agosto del año Dos Mil Seis (2006).- Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA JUEZ,
MARIA SILVA GARCIA.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ROSALINDA RINCON MORONTA .-
En la misma fecha, se dicto y publico la anterior resolución en el expediente signado bajo el Número: 7702.-
La Secretaria Temporal,
MSG/greiner.-
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