En horas de despacho del día de hoy VIERNES 04 DE AGOSTO DE 2006, siendo las DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por PENSION DE ALIMENTOS sigue HELEN CAROLINA GUTIERREZ BARBOZA contra HANK RAMON FEREIRA RODRIGUEZ y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la Empresa PRIDE INTERNACIONAL, C.A., se procedió a notificar a MERVIN RAFAEL MARCANO H, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.739.962 con el carácter de ASISTENTE DE RECURSOS HUMANOS y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano HANK RAMON FEREIRA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Número V-12.619.403 como Trabajador al servicio de la Empresa PRIDE INTERNACIONAL y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano HANK RAMON FEREIRA RODRIGUEZ, parte demandada es trabajador al servicio de PRIDE INTERNACIONAL.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de esta Empresa.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS: 1) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo o salario, prestaciones sociales en caso de despido, jubilación, incapacidad, retiro voluntario, muerte o por cualquier otra causa caja de ahorros, bono vacacional, vacaciones, fideicomiso y sus intereses, comisiones, utilidades, utilidades líquidas o bonificaciones de fin de año o aguinaldo, primas bonificación, vacaciones fraccionadas y cualquier otro concepto que pueda corresponderle al HANK RAMON FEREIRA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad numero V-12.619.403, como empleado al servicio de la empresa PRIDE INTERNACIONAL. Y ASI SE CONFIRMA.- El tribunal deja constancia que las cantidades de dinero a retener deberán ser remitidas en Cheques de gerencia, a nombre del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EXP. 41.445. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ:
EL NOTIFICADO :

ABOG. GUILLERMO INFANTE
LA SECRETARIA