REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ
Comisión No 1775/06
República Bolivariana de Venezuela
En su nombre:
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
196° y 147°
En el día de hoy, Viernes Once (11) de Agosto del año dos mil seis (2006), siendo las ONCE Y QUINCE horas de la MAÑANA, fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad para llevar a efecto la ejecución de la Medida Preventiva de Embargo, decretada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL N° 01, en el Juicio que por RECLAMACIÓN ALIMENTARIA, sigue la ciudadana CAIROLY ELENA ANDRADE OROZCO, portadora de la cédula de identidad No V-15.625.849, en contra del ciudadano DIMAS ENRIQUE FERNÁNDEZ PARRA, portador de la cedula de identidad No V-10.425.057, a favor de Las niñas y/o adolescentes, ROSMELIA CAROLINA Y ANYLEN CAROLINA FERNÁNDEZ ANDRADE, llevado en el expediente No 9032, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO ERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la Empresa Vigilantes del Zulia C.A. (VIZUCA) ubicada en la avenida 3D con calle 79, sector Valle Frío, detrás de la Torre Empresarial Claret, de esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal al ciudadano (a) ANA IRENE SOCORRO, venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la cédula de identidad No. V-11.259.323, en su condición de GERENTE GENERAL de la mencionada Empresa, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución. Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar los conceptos a embargar, señalados en el Despacho Comisorio, los cuales se describen a continuación: Se ordena embargar preventivamente: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%), del sueldo, cesta ticket que le correspondan al ciudadano DIMAS ENRIQUE FERNÁNDEZ PARRA, quien labora como Vigilante de la Empresa Vigilantes del Zulia C.A. (VIZUCA).- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre el bono vacacional, utilidades o bonificación especial que le pueda corresponder al ciudadano demandado.- C) En el caso de que el ciudadano goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, retener el CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos. E) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las Prestaciones Sociales, fideicomiso y sus intereses, y cualquier otra cantidad que pueda corresponderle al obligado con ocasión de su relación laboral.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE, los conceptos señalados y descritos en esta acta, y en consecuencia declara consumada la Desposesión Jurídica del ejecutado. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el) representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que las cantidades a retener en los conceptos establecidos los literales A, B, y C deberán ser entregadas a la demandante de autos o remitirlas en forma de cheque de gerencia, a nombre y a la orden del Tribunal de la Causa, es decir, Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 1. y las establecidas en el literal “D”, de igual manera deberán remitirlas en la figura de cheque de gerencia a nombre y la orden del referido Tribunal de la Causa, es decir al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio – Juez Unipersonal No. 01. SOLO RECIBEN CHEQUES LOS DÍAS MARTES Y JUEVES- Se deja constancia, que el (la) representante de la Notificada, manifestó darse por notificado (a), a reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta o prestó servicios para la Empresa que representa. Siendo las ONCE Y CUARENTA horas de (la) MAÑANA (11:40 a.m). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-------------------------------------------------------------------
EL JUEZ,
ABOG. EDMUNDO FINOL RINCÓN.
EL (LA) NOTIFICADO (A),
LA SECRETARIA SUPLENTE,
ABOG. BELTZALIZ B. GONZÁLEZ
EFR/bgj/ana*
Com. 1775/06