REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
COMISIÓN: 3294-06

En el día de hoy nueve (09) de agosto de dos mil seis (2006), siendo las dos y treinta minutos de la tarde (2:30 PM)), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el estacionamiento de la sede de los Tribunales, ubicado en la avenida 4 (Bella Vista), entre calles 68 y 69, Edificio Arauca, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio donde fue traslado el vehiculo señalado por la parte actora para ser embargado preventivamente, por funcionarios de la Policía Regional del Estado Zulia, y sitio indicado por la parte actora abogado CESAR ORLANDO DAVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.608.900, e inscrito en el inpreabogado bajo el vehiculo bajo el No. 29.511, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN seguido por el ciudadano CESAR ORLANDO DAVILA, antes identificado, actuando con el carácter de endosatario en procuración del ciudadano ALEJANDRO URDANETA, en contra del ciudadano DIEGO CAMPOS ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 5.723.550. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión al ciudadano JUAN DE LA CRUZ PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 13.209.930, quien conducía el vehiculo al momento de la detención del mismo. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Perito Avaluador al ciudadano ALBERTO JOSÉ NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.510.222, con Domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Seguidamente el Tribunal procede a designar como Depositaria Judicial a la DEPOSITARIA JUDICIAL MARACAIBO C.A. (DEJUMACA), representada en este acto por el ciudadano ALBERTO NAVARRO, antes identificado, quién expuso:” Acepto el cargo recaído en mi representada, procediendo el Tribunal a Juramentarlo de la manera siguiente: en nombre de su representada: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma? Y contestó:”Lo Juro”. En este estado presente la parte actora abogado CESAR ORLANDO DAVILA, antes identificado, expuso: “Señalo a este Juzgado Ejecutor de Medidas para ser Embargado Preventivamente, el vehiculo PLACAS Nos. VBG-84T, SERIAL CARROCERÍA: 8ZNCS13W81V337912, SERIAL DEL MOTOR: 81V337912 MARCA: CHEVROLET, MODELO: BLAZER 4X2, AÑO: 2001, COLOR: BEIGE, CLASE: CAMIONETA, TIPO: SPORT – WAGON, USO: PARTICULAR, el cual se encuentra aquí en el estacionamiento de la sede de este Tribunal, el cual pido sea identificado y avaluado por el perito designado en este acto”. Acto seguido el Tribunal con el asesoramiento del perito designado en este acto, procede a identificar el vehiculo señalado por la parte actora para ser embargado preventivamente: Tratase de un vehiculo el cual se encuentra distinguido con las siguientes características: PLACAS Nos. VBG-84T, SERIAL CARROCERÍA: 8ZNCS13W81V337912, SERIAL DEL MOTOR: 81V337912 MARCA: CHEVROLET, MODELO: BLAZER 4X2, AÑO: 2001, COLOR: BEIGE, CLASE: CAMIONETA, TIPO: SPORT – WAGON, USO: PARTICULAR. Dicho vehiculo presenta latonería en buenas condiciones, la pintura presenta rayones en la puerta derecha delantera, posee retrovisores a ambos lados, posee cuatro (04) cauchos con rines de lujo, mas un caucho de repuesto, todos en regulares condiciones, posee tablero, equipo de sonido y aire acondicionado en buenas condiciones, posee tapicería en regulares condiciones, posee triangulo de seguridad y llave de cruz, avaluado en la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 40.000.000,00). Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dándole cumplimiento a la presente comisión, declara formalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, el vehiculo anteriormente identificado, haciendo formal entrega de las mismas a la DEPOSITARIA JUDICIAL MARACAIBO C.A. (DEJUMACA), representada en este acto por el ciudadano Alberto Navarro, antes identificado, quien en nombre de su representada declara recibirlo en este acto en las condiciones arriba señaladas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las tres y veinte minutos de la tarde (3:20 PM) del día de hoy.
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
EL NOTIFICADO





LA PARTE ACTORA






EL PERITO Y REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA



EL SECRETARIO



ABOG. JOSÉ A SOTO A