REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
COMISIÓN: 3279-06
En horas de despacho del día de hoy 04 de Agosto del año dos mil seis, siendo las 11:50 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede de la Cooperativa de Hidrolago La Arenal, ubicada en Isla de Toas, Municipio Almirante Padilla a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo comisionada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 04, con motivo del juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA seguido por la ciudadana LISBETH DEL CARMEN RINCON NAVA, portadora de la Cédula de Identidad No. 11.067.837, en relación con la niña GREILIANA LOURDES PARRA RINCON, contra el ciudadano GREGORY JOSE PARRA ESPINA, portador de la Cédula de Identidad N°. 16.017.560. En este estado presente el ciudadano (a): ANGEL FINOL, titular de la Cédula de Identidad N° 4.746.351, quien se identificó con el carácter de: TESORERO, acto seguido el Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, ORDENO RETENER: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual de los beneficios y excedentes que como ASOCIADO de la Cooperativa de Hidrolago La Arenal, Isla de Toas le puedan corresponder al reclamado de autos ciudadano GREGORY JOSE PARRA ESPINA, portador de la Cédula de Identidad No. 16.017.560. Las cantidades a retener en el literal “A”, deberá ser entregado directamente a la reclamante de autos ciudadana LISBETH DEL CARMEN RINCON NAVA, portadora de la Cédula de Identidad No. 11.067.837 o remitido en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 04. EXP: 09166.- Asimismo se ordena solicitar información sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el ciudadano antes mencionado. El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA RETENER las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados; ordenando retener las mismas y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Asociado de esta empresa; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.-. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:55 AM.-
LA JUEZ:
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO:
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