ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-001954
PARTE ACTORA: CARMEN CHIRINOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ALEJANDRO NUÑEZ
PARTE DEMANDADA: BANESCO BANCO UNIVERSAL S.A.C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RICARDO CRUZ
MOTIVO: PRSTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 10 de Agosto de 2006, siendo las 1:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ALEJANDRO NUÑEZ en su condición de apoderado judicial de la parte actora y BANESCO BANCO UNIVERSAL S.A.C.A empresa esta representada por su apoderado judicial abogado RICARDO CRUZ, quienes han llegado al siguiente acuerdo:El cual fue presentado en 6 folios y copia simple del cheque, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Este Tribunal Quinto de primara instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes. Se ordena el archivo definitivo del presente expediente

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes