REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION

Maracaibo, 05 de ABRIL de 2.006
194° y 146°


RESOLUCIÓN No. 131-06


CAUSA 4E-043-05

Firme como ha quedado el fallo dictado por Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en contra del penado ORLANDO SIMON RINCON QUIROZ, Titular de la cedula de Identidad no 9.706.126. Este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479° del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a Ejecutar dicha Sentencia y en consecuencia a realizar el siguiente computo legal, así tenemos que:

El penado ORLANDO SIMON RINCON QUIROZ, Titular de la cedula de Identidad no 9.706.126, fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO AGRVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el Ordinal 8°, del articulo 454 del Codigo Penal, en concordancia con el primer aparte del articulo 80 y 81 ejusdem, en perjuicio de ENELVEN. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido el día 24-03-04, por lo que este Juzgado de Ejecución pasa a computar el tiempo de pena que ha cumplido durante el proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que hasta el día de hoy 05-04-06, se observa que se encuentra cumplida la pena principal, asimismo se evidencia que según contenido de las presentes actas se evidencia que el penado ORLANDO SIMON RINCON QUIROZ, Titular de la cedula de Identidad no 9.706.126, se encontraba gozando del BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, razón por la cual se acuerda LIBERTAD PLENA del mencionado ciudadano, en virtud de CUMPLIMIENTO DE PENA PRINCIPAL. Y ASI SE DECIDE.

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA LIBERTAD PLENA POR PENA CUMPLIDA, a favor del ciudadano ORLANDO SIMON RINCON QUIROZ, Titular de la cedula de Identidad no 9.706.126. Regístrese y notifíquese.-

EL JUEZ DE EJECUCION,

ABOG. VICTOR FONSECA

EL SECRETARIO,

ABOG. ENDER ALAÑA

En esta fecha se registró la presente decisión quedando anotada bajo el No. 131-06, y se oficio Nos. 1024 Y 1025-06

EL SECRETARIO,

ABOG. ENDER ALAÑA

VF/ra
Causa 4E-043-05