REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL. EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA

Santa Bárbara de Zulia, 05 de Abril de 2006.-
195° y 147°

C03-0164-2005.-

DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA ORAL SOBRE LAPSO PRUDENCIAL:

Siendo la fecha y hora señalada en actas, para llevar a efecto Audiencia Oral, fijada en acta de fecha 02-03-2006, presidido por la Juez Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, Abogada ALIDA RAMONA RUBIO MONTIEL, actuando como Secretaria Suplente la Abogada YANIRA PORTILLO VALENCIA, en virtud de la solicitud realizada por la Abogada WENDY MARINA HERNANDEZ CARLY, Defensora Pública Cuarta Suplente, adscrita a este Circuito y extensión, actuando como Defensora de los ciudadanos JOSE ANDERSON OBANDO ATENCIO y ALIRIO FLORES PERNIA, mediante la cual pide a este Tribunal le fije un plazo prudencial al ciudadano Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público para que concluya la investigación en la causa penal signada bajo el N° C03-0164-2005, seguida en contra de los prenombrados ciudadanos, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los usuarios del Banco Provincial, Sucursal Caja Seca del Estado Zulia. Acto seguido la Juez de control insta a la Secretaria a verificar la presencia de las partes a lo que expuso: Ciudadana Juez, se encuentra presente el ciudadano JOSE ANDERSON OBANDO ATENCIO, acompañado de la Abogada MARY LUISA VARGAS MORAN, en su carácter de Defensora Pública Cuarta Suplente, adscrita a este Circuito y Extensión, no se encuentra presente el ciudadano ALIRIO FLORES PERNIA, quien no pudo ser ubicado en la dirección señalada en la correspondiente boleta de convocatoria que le fue librada, y según información aportada por el ciudadano JOSE ANDERSON OBANDO ATENCIO, dicho ciudadano reside en el sector La Vega I, avenida principal, casa N° 121, frente a Pollos Jáuregui, El Vigía Estado Mérida, de la carretera principal que conduce a la ciudad de Mérida, se encuentra presente el ciudadano Fiscal 21° del Ministerio Público, Abogado PEDRO TEJEDOR MENDEZ, es todo.” En éste estado la ciudadana Juez hace la siguiente exposición: Vista la exposición realizada por la Secretaria del despacho, de la no comparecencia al acto del imputado de auto ciudadano ALIRIO FLORES PERNIA, considera esta juzgadora que lo ajustado a derecho es diferir el presente acto y fijarlo nuevamente para llevarlo a efecto el día Miércoles 24 de Mayo del presente año 2006, a las dos horas de la tarde. Líbrese la correspondiente boleta de convocatoria al imputado ALIRIO FLORES PERNIA, en la dirección aportada por el ciudadano JOSE ANDERSON OBANDO ATENCIO, y remítase con oficio al departamento de alguacilazgo para su debida tramitación correspondiente. Con la lectura de la presente acta quedan notificadas las partes aquí presentes de la decisión dictada, y siendo las dos horas y quince minutos de la tarde, se da por concluido el acto. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ TERCERO DE CONTROL

ABG. ALIDA RAMONA RUBIO MONTIEL.

EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO,

ABG. PEDRO TEJEDOR MENDEZ.

EL IMPUTADO,

JOSE ANDERSON OBANDO ATENCIO.


LA DEFENSA PUBLICA N° 04,

ABG. MARY LUISA VARGAS MORAN.

LA SECRETARIA

ABG. YANIRA PORTILLO VALENCIA.




Causa Penal N° C03-0164-2005.-