REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
Maracaibo, 04 de Abril de 2005
195º Y 147º
Decisión: 627-06 Causa: 9C-002-06
En fecha 09 de Marzo del presente ano (2.006), este tribunal Noveno en Funciones de Control, según decisión No. 528-06, ordeno la Entrega Material en Calidad de Deposito, a la ciudadana PATRICIA MARIA ACOSTA MEZA, Titular de la cédula de identidad No. 13.176.646, del vehículo CLASE CAMIONETA, MODELO C-30, MARCA CHEVROLET, TIPO PICK-UP, AÑO 1979, COLOR NEGRO, SERIAL DE CARROCERÍA 1GCDG14HGES111463, SERIAL DE MOTOR VO227ARH, PLACAS 359-UAK, USO CARGA.
Este Tribunal de Control para resolver observa:
De actas se evidencia que el serial de carrocería al momento de su retención es 1GCDG14H9ES111463, y no 1GCDG14HGES111463, y así se evidencia de la factura No. 2151, cursante al folio veinti ocho (28) de la presente causa, de la empresa “ GONZALITO IMPORT C.A. “, de fecha 01 de Abril del año 2.000, es por lo antes expuesto que este sentenciador ordena corregir en la orden de entrega del vehículo CLASE CAMIONETA, MODELO C-30, MARCA CHEVROLET, TIPO PICK-UP, AÑO 1979, COLOR NEGRO, SERIAL DE CARROCERÍA 1GCDG14H9ES111463, SERIAL DE MOTOR VO227ARH, PLACAS 359-UAK, USO CARGA, los aspectos aquí referidos. Así se declara.
DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuesto, este Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, ordena corregir en la orden de entrega del vehículo CLASE CAMIONETA, MODELO C-30, MARCA CHEVROLET, TIPO PICK-UP, AÑO 1979, COLOR NEGRO, SERIAL DE CARROCERÍA 1GCDG14H9ES111463, SERIAL DE MOTOR VO227ARH, PLACAS 359-UAK, USO CARGA, Solicitada por la ciudadana PATRICIA MARIA ACOSTA MEZA, Titular de la cédula de identidad No. 13.176.646. Ofíciese nuevamente al ciudadano encargado del Estacionamiento Judicial Paraíso del Municipio San Francisco .Regístrese, Publíquese, y Notifíquese a las partes.
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL,
DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS.
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA EUGENIA PETIT
En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo el N° 627-06 en el Libro de Registro de Resoluciones llevado por este Tribunal durante el presente mes y año, se notifico y se oficio bajo los No. 1117-06 y 1118-06
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA EUGENIA PETIT
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