REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
SAN FRANCISCO, 20 DE ABRIL DE 2006
196° y 147°

Decisión N° 648-06.- Causa N° 8C-326-05.-

Vista la solicitud interpuesta por el Defensor Público Trigésimo Séptimo (37) ABG. ROLANDO PRIETO, en su carácter de defensor de la imputada CASILDA ESTHER MENDIVIL FRIAS, donde solicita le sean extendidas a la mencionada ciudadana el Régimen de presentaciones impuesto, de una cada Treinta (30) días, a una cada SESENTA (60) días, o como disponga el Tribunal; se procede a resolver de la siguiente manera:
PRIMERO
Observa este Tribunal que en fecha 11-11-05, fue presentada ante este Tribunal por parte de la Fiscalia Cuadragésimo Sexta (46) del Ministerio Publico, la imputada CASILDA ESTHER MENDIVIL FRIAS, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES, considerando el Tribunal que para ese momento procedía la aplicación de una Medida de Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 256 numerales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO
Asimismo, observa este Tribunal que de la revisión realizada a los libros de presentaciones llevado por ante este Despacho específicamente el Libro VI, pagina 439, a nombre de la Ciudadana CASILDA ESTHER MENDIVIL FRIAS, donde se evidencia que la imputada de autos ha cumplido con sus presentaciones en forma constante, por lo que se considera procedente declarar CON LUGAR la solicitud interpuesta; y en consecuencia, se extiende el lapso de presentaciones una vez cada SESENTA (60) DÍAS, modificando la obligación impuesta por este Tribunal, de presentarse cada TREINTA (30) días por ante este Juzgado, contados a partir de que realicen su próxima presentación, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: EXTENDER EL LAPSO DE PRESENTACIONES UNA VEZ CADA SESENTA (60) DÍAS POR ANTE ESTE TRIBUNAL, constados a partir de la próxima presentación, a la imputada CASILDA ESTHER MENDIVIL FRIAS, de conformidad con lo establecido en el articulo 264, en concordancia con articulo 256 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y notifíquese.-
LA JUEZ OCTAVA DE CONTROL,

DRA. DORIS NARDINI RIVAS.
LA SECRETARIA,


ABOG. INGRID GERALDINO.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta decisión y se ofició al Departamento de Alguacilazgo para la notificación de las partes.

LA SECRETARIA,



















DNR/ng.-