República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL
Maracaibo; 15 de Abril de 2006
195° y 146°
ACTA DE AUDIENCIA DE PRÓRROGA
CAUSA Nº 7C-6018-06 DECISIÒN Nº 708-06.
En fecha de hoy, Sábado quince (15) de Abril de 2006, siendo la una y treinta minutos de la tarde 1:30 p.m, previamente fijada por este Tribunal de Control de conformidad con lo establecido en el 4º aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal para debatir en Audiencia la solicitud de PRÓRROGA PARA LA PRESENTACIÓN DEL ACTO CONCLUSIVO, solicitada en este Acto, por la Abogada HAIDAIRY MOLINA en su carácter de Fiscal Sexta del Ministerio Público, en contra del Imputado JULIAN GUSTAVO ALGUMERO, en la investigación N° 24-F6-440-06, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado y Porte Ilícito de Arma, previsto y sancionado en los artículos 406 y 277 del Código Penal, en perjuicio de Omar Seit Ahmad. Se constituyó el Tribunal, con la presencia de la ciudadana Dra. EGLEE RAMIREZ, en su carácter de Juez, en compañía del ciudadano Abogado ALEJANDRO FERNANDEZ, en su carácter de Secretario Suplente. En su Sede. Verificada la presencia de las partes se pudo constatar que se encuentra presentes en la audiencia el imputado HAIDAIRY MOLINA, previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite", el Abogada HUGO LA ROSA Fiscal Auxiliar Décimo Séptimo del Ministerio Público en representación de la Fiscal Sexta del Ministerio Público y la ABOG. NIVIA OLIVARES defensora Pública N° 3. Se da inicio al presente acto. Acto seguido el Tribunal declaró abierta la Audiencia y concedió la palabra al Representante Fiscal, quien expuso: ”Visto que el ciudadano JULIAN GUSTAVO ALGUMERO fue puesto a la disposición de este Tribunal por este Representante Fiscal en fecha 18-03-06 por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado y Porte Ilícito de Arma, previsto y sancionado en los artículos 406 y 277 del Código Penal, en perjuicio de Omar Seit Ahmad, quien fue Privado de Libertad por decisión dictada por este Honorable Tribunal en fecha 18-03-06, en tal sentido este representante Fiscal solicito Prorroga para la Presentación del Acto Conclusivo a que hubiere lugar en razón de que las causas contra la cosa Pública son muy complejas y por practicar diligencia de investigación. Motivo por el cual solicito a usted ciudadana Juez respetuosamente se sirva conceder Prorroga de 15 días adicionales a esta Representación Fiscal a los fines de presentar el Acto Conclusivo a que haya lugar, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al imputado, quien manifiesto: “Explicado como me a sido este acto, estoy de acuerdo con la prorroga, es todo”. Acto seguido, se le concedió la palabra a la Defensa de el imputado, ABOG. NIVIA OLIVARES, quien expuso: “Vista la solicitud hecha por la representación Fiscal no tengo oposición alguna siempre y cuando sea en función de la búsqueda de la verdad de la Investigación, es Todo”. En este Estado esta Juzgadora Vista la solicitud formulada por la Representante del Ministerio Público en relación a la PRORROGA SOLICITADA SE DECLARA CON LUGAR dicho pedimento por cuanto el mismo se encuentra suficientemente ajustado a derecho en atención al requerimiento del titular de la acción penal de lo expuesto en Actas; en tal sentido, se deja constancia que tomando en cuenta que el imputado de actas fue presentado por ante este Tribunal en fecha 18-03-06, los treinta (30) días a que se refiere el Tercer Aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, vencen los treinta (30) días el día LUNES 17 DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO; por lo que los quince (15) días de prorroga vencen el MARTES SEGUNDO (02) DE MAYO DEL PRESENTE AÑO, A LAS DOCE DE LA NOCHE, por lo que se declara CON LUGAR LA PRÓRROGA PARA EL ACTO CONCLUSIVO, de conformidad con lo establecido en el Cuarto Aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión, publíquese y compúlsese. Y ASI SE DECLARA. Por los Fundamentos antes Expuestos, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE PRORROGA PARA PRESENTAR ACTO CONCLUSIVO, solicitada por la Fiscalia Vigésima Tercera del Ministerio Publico del la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la investigación N° 24-F6-440-06, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado y Porte Ilícito de Arma, previsto y sancionado en los artículos 406 y 277 del Código Penal, en perjuicio de Omar Seit Ahmad, POR LO QUE LOS QUINCE (15) DÍAS DE PRORROGA SE INICIAN EL DIA 18-04-2006 Y VENCEN EL DIA MARTES SEGUNDO (02) DE MAYO DEL PRESENTE AÑO, A LAS DOCE DE LA NOCHE, por lo que se declara CON LUGAR LA PRÓRROGA PARA EL ACTO CONCLUSIVO, de conformidad con lo establecido en el Cuarto Aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión, publíquese y compúlsese. Quedan notificadas las partes del contenido de esta acta y de su decisión con la firma de la misma. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades del Ley. Concluye el acto siendo las dos de 2:00 minutos de la tarde. Termino, se Leyó y conformen firman
LA JUEZA SÉPTIMO DE CONTROL
DRA EGLEE RAMIREZ
EL FISCAL (A) 17° DEL MINIATERIO PÚBLICO
ABOG. HUGO LA ROSA
EL IMPUTADO,
JULIAN GUSTAVO ALGUMERO
LA DEFENSA PÚBLICA,
ABOG. NIVIA OLIVARES
EL SECRETARIO (S)
ABOG ALEJANDRO FERNANDEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta acta, se registra la decisión bajo el Nº 708-06.
EL SECRETARIO (S)
ABOG ALEJANDRO FERNANDEZ
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