REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, veinte (20) de Abril de dos mil seis (2006).-
196° y 147°
Visto el convenimiento, de fecha seis (06) de Abril de dos mil seis (2006), mediante escrito presentado por las partes intervinientes, en el juicio que por LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL sigue en contra de la ciudadana NELLYS ELENA TROCONIS, asistida por los abogados en ejercicio MELQUIADEZ PELEY y GRECIA SIOSI MARTÍNEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 37.885 y 40.797, respectivamente, el ciudadano DIONEL MONTILLA LABRADOR, asistido por la abogada en ejercicio MERELIZ CAROLINA SÁNCHEZ; este Tribunal considerando que con lo convenido por los intervinientes en la causa no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa el convenimiento, antedicho en los términos y condiciones expuestas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.-
PUBLIQUESE y REGISTRESE:
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1384 del Código Civil.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los veinte (20) días del mes de Abril del año Dos Mil Seis (2006).- Años: 195° de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA JUEZ,
Dra. MARIA SILVA GARCIA.-
LA SECRETARIA,
MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-
En la misma fecha, se dicto y publico la anterior resolución en el expediente signado bajo el Número: 9152.-
LA SECRETARIA,
MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-
MSG/greiner.-
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