JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
DE LA C1RCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 07 de Abril de 2006
195°y 147°
Vista a Transacción celebrada entre la ciudadana LUZ ELENA FERREBUS DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 7.807.483 y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio de este domicilio PEDRO MIGUEL MAZZEI LEMUS, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad 10.451.808, inscrito en el INPREABOGADO bajo e! No. 56.630 y de este domicilio; y el ciudadano ROMER IRAN PALMAR ESPINA, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la Cédula de Identidad No. 3.266.317 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio HUGO RODRIGUEZ VERA, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 9.243 y de este domicilio, en el juicio que por PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL EN EL EXPEDIENTE SIGNADO CON EL No. 42.258 de la nomenclatura particular llevada por este Juzgado; y constatadas como han sido las facultades de los actuantes en la presente Transacción, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación a las Transacciones celebradas entre las partes intervinientes y lo pasa en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, se ordena suspender las medidas decretadas y ejecutadas en el presente proceso. ASI SE DECIDE.- Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas con inserción de las Transacciones celebradas y de la pres te resolución. Así se decide.-
El Juez Suplente Especial:
Dra DILCIA MOLERO REVEROL.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
Abog. LORENA FLORES MUÑOZ