REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
En horas de Despacho del día de hoy, 28 de Abril del año dos mil seis, siendo las 9:55 a.m. , de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS , en las Oficinas de la PROCURADURIA DEL ESTADO ZULIA, ubicada en el Edificio Don Diego, piso 3, calle Obispalazo, en jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No. 2, con motivo del juicio que por RECLAMACION ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana: YENNY CHIQUNQUIRA VILCHEZ MORAN, titular de la cédula de identidad No. V-12.621.123, en contra del ciudadano: JESUS JAIRO URDANETA, titular de la cédula de identidad NO. V-12.591.861, relación con los niños JESUS DAVID, MIGUEL ANGEL Y FABIOLA CHIQUINQUIRA URDANETA VILCHEZ. - Presente el (la) ciudadano (a):DRA. JANETH GONZALEZ, titular de la cédula de identidad No. V-5.169.740, quién se identifico con el carácter de: DIRECTORA LEGAL. -El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa, a fin de asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaría, futuras, tal como lo dispone los Artículos 381,512 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETO MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, al ciudadano: JESUS JAIRO URDANETA , titular de la cédula de identidad No V-12591.861, sobre: EL CIEN POR CIENTO (100%) de las prestaciones Sociales, ahorro y fideicomiso que devenga el ciudadano: JESUS JAIRO URDANETA, antes identificado, quién presta sus servicios como FUNCIONARIO DE LA POLICIA REGIONAL DEL ESTADO ZULIA , para satisfacer la pensiones alimenticias de los niño JESUS DAVID, MIGUEL ANGEL Y FABIOLA CHIQUINQUIRA URDANETA VILCHEZ.- SEGUIDAMENTE ESTE TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dándole cumplimiento a lo decretado por el Juzgado de la causa ordena EMBARGAR PREVENTIVAMENTE, sobre el concepto antes mencionado, y decretado por el Juzgado de la causa. De inmediato este Tribunal le informa al notificado que las cantidades a retener en el concepto ante descrito, deberá ser remitido en cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No. 2, ubicado en la avenida 4 Bella Vista, diagonal a la Iglesia Corazón de Jesús, Edificio Arauca, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.- Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida .- El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicha demandado es o no Funcionario de la POLICIA REGIONAL DEL ESTADO ZULIA, si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada .- Este Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento a la ejecución de la presente medida, a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, artículos 254 y 26 segundo aparte de la norma citada, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta..- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 10:00 a.m..-
LA JUEZA
ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A),
LA SECRETARIA
ABOG. LUZ MARINA MONTIEL
DAV/gonzález b.-
Comis. No. 3118-2006
Exped. No 7833
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