REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


En horas de Despacho del día de hoy, veinte de Abril del año dos mil seis, siendo las dos y quince minutos de la tarde, de conformidad con lo establecido , se traslado y constituyó éste Tribunal Ejecutor de Medidas, en las oficinas de la Entidad Bancaria BANESCO , ubicada avenida 4 Bella Vista, entre calle 83 y 84, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.01, contentivo de HOMOLOGACION DE CONVENIMIENTO DE ALIMENTOS, entre los ciudadanos: GUSTAVO ANTONIO GUTIERREZ BOLILLA Y MARLENE MARIA RODRIGUEZ ESCORCIA, titulares de las cédulas de identidad No.V-12.757.934 y 16.550.076, respectivamente, en beneficio de los niños GEAN CARLOS Y GUSTAVO ADOLFO GUTIERREZ RODRIGUEZ.- Presente el ciudadano ELIAS GUILLERMO BUSTO BUSTAMANTE, quién es mayor de edad, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-12.591.901, con el carácter de Sub Gerente de la referida entidad Bancaria.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa, Decretó Medida de Embargo Ejecutivo, por la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.240.200,oo), fijado por pensión Alimentaría y asimismo adicional a esto deberá retemerse la cantidad de dinero que se encuentren depositadas en la cuentas de ahorro y/o corriente que posea el ciudadano GUSTAVO ANTONIO GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad No.V-12.757.934, sobre la cantidad de SEIS MILLONES CAUTROCIENTOS OCHENTA MIL BOLIAVRES (Bs. 6.480.000,oo), que equivalen a las 36 mensualidades futuras a favor de los niños GEAN CARLOS Y GUSTAVO ADOLFO GUTIERREZ RODRIGUEZ, a razón de CIENTO OCHENTA EL CINCUENTA MIL BOLIAVRES (Bs.180.000,oo) cada mes.-. En este estado el notificado expuso: Dándole cumplimiento a lo solicitado por este Tribunal, informo que el ciudadano: GUSTAVO ANTONIO GUTIERREZ BOLILLA, antes identificado, posee en la Cuenta corriente la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 2.805.272,93) (Cuenta No. 0913119185), asimismo posee en la cuenta de ahorro No. 0912032760, por la cantidad de SEISCIENTOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON DIECISIETE CENTIMOS (Bs. 600.824,17), la cual hace total de TRES MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL NOVENTA Y SIETE BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs.3.406.097,10).- Acto seguido este Tribunal CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Dándole cumplimiento a lo decretado por el Tribunal de la causa, Declara Embargado Ejecutivamente, los conceptos antes descrito, Asimismo se le hace saber al notificado que las cantidades a retener por dichos conceptos deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.01 ubicado en la avenida 4 Bella Vista, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada.- Este Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento a la ejecución de la presente medida, a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, artículos 254 y 26 segundo aparte de la norma citada, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta..- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo las dos y cuarenta y cinco minutos de la tarde.-
LA JUEZA,
ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A),

LA SECRETARIA,
ABOG. LUZ MARINA MONTIEL
ZC/gonzalez b.
Comis. No. 3101-2006
Exped. No.6661





















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


Seguidamente este TRIBUNAL CAURTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y LAMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en horas de Despacho del día de hoy, veinte de abril de dos mil seis, siendo la tres y treinta minutos de la tarde, día y hora previamente fijada por este Tribunal, a objeto de darle cumplimiento a la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCIRPCION DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No.1, contentivo de HOMOLOGACION DE CONVENIMIENTO DE ALIMENTOS, entre los ciudadanos: GUSTAVO ANTONIO GUTIERREZ BONILLA Y MARLENE MARIA RODRIGUEZ ESCORCIA, titulares de la cédula de identidad Nos. V-12.757.934 y 16.550.076 respectivamente, en beneficios, de los niños GEAN CARLOS Y GUSTAVO ADOLFO GUTIERREZ RODRIGUEZ.- presente la ciudadana: MIGDALIA IRENIS CORTEZ DE BORGES, quien es mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad No.V-5.056.715 y de este domicilio, en su carácter de Gerente de la Oficina Principal del Banco Occidental de Descuento (BOD), la referida ciudadana fue notificada después que el Tribunal se constituyó en esta entidad Bancaria es decir Banco Occidental de Descuento, ubicado en la avenida 17 con 77 (5 de Julio).- El Tribunal le notifico que el Juzgado de la causa decreto medida de Embargo Ejecutivo.- En este estado presente la ciudadana: MIGDALIA IRENIS CORTEZ DE BORGES, antes identificada y asistida en este acto por el abogado JOSE FRANCISCO VARELA FORTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.88.423, expuso: El ciudadano: GUSTAVO GUTIERREZ BONILLA, antes identificado, posee en esta Institución una Cuenta Corriente signado con el No. 3472957, la cual se encuentra en estatus inactiva, con saldo cero (0) a la fecha y otra Cuenta de ahorro No. 1131033172, con un saldo a la fecha de DOCE MIL SESENTA Y SEIS BOLIAVRES CON SESENTA Y UN CENTIMOS (Bs.12.066,61).- En este estado este Tribunal vista la exposición de la notificada y con la asistencia de auto, se abstiene de ejecutar la presente medida, por cuanto no existe saldo valorativo que embargar y asimismo se acuerda remitir la presente comisión con sus resultas al Tribunal de la causa. Concluyó el acto siendo las cuatro y treinta minutos de la tarde.- Terminó se leyó y conforme firman.-
LA JUEZA,


ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
LA NOTIFICADA Y SU ABOGADO ASISTENTE,
LA SECRETARIA,
ABOG. LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ