REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA Nº 3990
En el día de hoy veinticinco (25) de Abril de 2.006, siendo las diez y diez de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a señalamiento del apoderado actor, abogado ALFREDO AMAYA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51624, en un inmueble ubicado en la calle Democracia, sector Ambrosio, casa Nº 66, en la ciudad de Cabimas, en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo, decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo. En el Juicio por INTIMACION seguido por la ciudadana YAXIA MARLENE CHIRINOS DE PADRON en contra de NORIS MARINA RODRIGUEZ. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución a una ciudadana que dijo llamarse Ana de Rodríguez y ser la progenitora de la demandada, además manifestó que dicha ciudadana no reside en el lugar y que desconoce la dirección de habitación. En este estado presente el apoderado actor, ya identificado, expuso: Pido al tribunal se sirva suspender la ejecución de la medida, y me reservo el derecho de señalar bienes de la demandada donde se encuentren, en otra oportunidad