REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Coordinación Laboral del Estado Monagas
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, cuatro de Abril de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO: NP11-L-2006-000089


Por cuanto consta en autos que en fecha Quince (15) de Febrero de 2.006, en la oportunidad del inicio de la audiencia preliminar, la empresa demandada BEKER ENERGY DE VENEZUELA C.A, insistió en el despido del ciudadano ALEJANDRO FIDEL CARVAJAL ZERPA, y como consecuencia de ello la empresa le hace entrega al ciudadano antes identificado cheque No 46002983 emitido por el Banco Mercantil por la cantidad Treinta y Cuatro Millones Noventa y Un Mil Cincuenta y Cuatro Bolívares con Ochenta y Tres Céntimos (Bs. 34.091.054,83) por concepto de prestaciones sociales, y las indemnizaciones de conformidad a lo establecido en el articulo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, el cual recibe el trabajador en este mismo acto, motivo por el cual este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley le imparte su aprobación y Homologa los acuerdos suscritos por los solicitantes, dándole efecto de cosa juzgada. En consecuencia, se declara Terminado el Proceso y se ordena el archivo del expediente. Remítase al Archivo Judicial. En este estado interviene el trabajador, el cual alega que se reserva el derecho a ejercer cualquier otro reclamo por diferencia de prestaciones sociales.

El Juez Temporal,


Abog. MIGUEL YILALES ZURITA.-
El Secretario,