ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-001.838
PARTE ACTORA: JAIRO SANCHEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FELIX JOSÉ GUERRA MEDINA
PARTE DEMANDADA: FUNDACIÒN PARA LA ADMINISTRACIÒN Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTANLACIONES DEPORTIVAS, RECREATIVAS Y CULTURALES DEL MUNICIPIO MARACAIBO (FUNDAIDEM)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SIN REPRESENTACION JUDICIAL
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy Lunes Diecisiete (17) de Abril de 2006, siendo las Díez y Treinta minutos de la mañana (10:30am), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, dejándose constancia de que se encuentra presente el apoderado judicial de la parte actora Abogado FELIX JOSÉ GUERRA MEDINA. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido: este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, y para publicación del fallo correspondiente se reserva el lapso de Cinco (5) días que establece el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; se deja constancia de la consignación de las pruebas por el apoderado judicial de la parte actora constante de escrito de pruebas en Dos (2) folios y anexos en Veintidós (22) folios. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 195.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alfredo García Aboga. Fabiola Guerrero
Los Presentes
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