ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-001444
PARTE ACTORA: JOSE DORIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DERVY ELOY PEROZO
PARTE DEMANDADA: IMPORTEX C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SIN REPRESENUTACIÓN JUDICIAL
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy Lunes Diecisiete (17) de Abril de 2006, siendo las Once y Quince minutos de la mañana (11:15an), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentra presente el apoderado judicial de la parte actora Abogado DERVY ELOY PEROZO, debidamente identificado en el instrumento poder otorgado pos su defendido, tal y como consta en actas. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido: este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, y para la publicación del correspondiente fallo se reserva el lapso de Cinco (5) días que establece el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, debido a las múltiples actividades de trabajo que actualmente tiene el tribunal; se deja constancia de consignación de escrito de pruebas en un solo folio sin anexos por parte del apoderado judicial del actor. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 195.


El Juez

La Secretaria

Abog. Alfredo García Aboga. Fabiola Guerrero





Los Presentes