ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-000793
PARTE ACTORA: ARISTOTELES JOSÉ RIVERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado BERNARDO SOTO, inpreabogado N° 66.325.
PARTE DEMANDADA: MI QUERENCIA GRANJA CLUB, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Jaime Fernández, Inpreabogado N° 33.705.
MOTIVO: Diferencia de Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy, 17 de Abril de 2006, siendo las 2:47 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el abogado Jaime Fernández en representación de la demandada, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 195.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaría
Abog. Maira Parra
Los Presentes
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