ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-000793

PARTE ACTORA: ARISTOTELES JOSÉ RIVERA

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado BERNARDO SOTO, inpreabogado N° 66.325.

PARTE DEMANDADA: MI QUERENCIA GRANJA CLUB, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Jaime Fernández, Inpreabogado N° 33.705.

MOTIVO: Diferencia de Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 17 de Abril de 2006, siendo las 2:47 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el abogado Jaime Fernández en representación de la demandada, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 195.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaría

Abog. Maira Parra

Los Presentes