ACTA



N° DE EXPEDIENTE:VP01-L-2005-001761
PARTE ACTORA:AMOS ANDRADE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EDUARDO PRIETO
PARTE DEMANDADA: TALLER GUSMARCA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JAVIER MASTRETA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy,17 de Abril de 2006, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano AMOS ANDRADE, representado por el abogado EDUARDO PRIETO y por la empresa TALLER GUSMARCA, el abogado JAVIER MASTRETA, en su carácter de apoderado judicial, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La empresa demandada ofrece cancelar la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES Bs. 1.400.000,00, en dinero efectivo el cual será cancelado en este mismo acto, el trabajador acepta la cantidad de dinero ofrecida quedando satisfecha todas y cada una de las pretensiones descritas por el actor descritas en el libelo de la demanda. Este Tribunal Quinto de primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada . Asimismo se deja constancia que han sido devueltos los documentos probatorios consignados por las partes en la audiencia preliminar, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del mismo.-


El Juez

La Secretaria

Abg. Alexis Figueroa
Abg. Yocelyn Boscan




Los Presentes