PODER JUDICIAL



TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 26 de Septiembre de 2005
194º y 145º

DECISIÓN No. 621-05.- Causa No. 7E-491-01

Visto el oficio de fecha 22-09-05, emanado de la Cárcel Nacional de Maracaibo, mediante el cual solicitan permiso de traslado de la penada CANDELARIA JOSEFINA MUÑOZ DURAN, titular de la Cédula de Identidad 10.415.035, para trasladarse al Festival Regional de Teatro de la Región Centro Occidental y Andina, Lugar Centro Comunitario Santa Rosa de Agua, diagonal al Preescolar Negra Matea, Maracaibo Estado Zulia, los días Lunes (03), Martes (04) y miércoles (05) de Octubre del 2005, en horario de 9:AM a 6:00 PM, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley Orgánica Sobre Régimen Penitenciario, previamente aplicando las Medidas de Seguridad pertinentes al caso, autoriza el traslado de la penada al referido Centro.- Y ASÍ SE DECIDE.-

Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el permiso de traslado de la penada CANDELARIA JOSEFINA MUÑOZ DURAN, titular de la Cédula de Identidad 10.415.035, al Festival Regional de Teatro de la Región Centro Occidental y Andina, Lugar Centro Comunitario Santa Rosa de Agua, diagonal al Preescolar Negra Matea, Maracaibo Estado Zulia, los días Lunes (03), Martes (04) y miércoles (05) de Octubre del 2005, en horario de 9:AM a 6:00 PM, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley Orgánica Sobre Régimen Penitenciario. Regístrese la presente decisión y librese oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo.
EL JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN

DRA. DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA, (s)

ABOG. KARINA LEÓN

En la misma fecha se registró la decisión bajo el Nº 621-05 y se ofició bajo el Nº 5611-05.

LA SECRETARIA


MMA/mr
Causa No. 7E-491-01