REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 26 de Septiembre de 2005.
195° y 146°

RESOLUClON N° 617-05 CAUSA N0 7E-083-05

Visto el escrito de Redencion, emanado de la Junta de Rehabilitacion Laboral y Educativa de la Carcel Nacional de Maracaibo, asi como del estudio minucioso y exhaustive de las Actas que lo acompanan, suscrita por los miembros de la referida Junta, este Tribunal de Ejecucion, de conformidad con lo que establece el Articulo 509 del Codigo Organico Procesal Penal, pasa a efectuar computo con Redencion de pena de la siguiente manera:

El penado: NELSON EMIRO MARTINEZ FERRER, fue condenado a cumplir la pena de CINCO (05) ANOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comision del delito DE COMPLICIDAD EN LA EJECUCION DEL HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 408 Ordinal 1° del Codigo Penal, en concordancia con el ordinal 3° del articulo 84 ejusdem, cometido en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de PEDRO JOSE DORIA. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 23-09-2002, por lo que hasta el dia de hoy 26-09-05 fecha en la cual se elabora el presente computo lleva detenido TRES (03) ANOS Y TRES (03) DIAS. Tiene redimido en razon de trabajo y/o estudio DIEZ (10) MESES Y SIETE (07) DIAS, que sumados al tiempo que lleva detenido hace un total de TRES (03) ANOS, DIEZ (10) MESES y DIEZ (10) DIAS faltandole por cumplir UN (01) ANO, UN (01) MES Y VEINTE (20) DIAS. Cumple la pena principal el dia 16-11-2006; Cumplio VA parte de la pena el dia 16-02-03; para el beneficio de Destacamento de Trabajo, Cumplio 1/3 parte de la pena el dia 16-07-03; para el beneficio de regimen abierto; Cumplio la mitad de la pena el dia 16-05-2004; Cumplio las 2/3 partes de la pena el dia 16-03-2005; para el beneficio de Libertad Condicional, Cumplio las ^ partes de la pena el dia 16-08-2005, para el beneficio de Confinamiento y por ultimo se mantendra sometido a la Sujecion a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una % parte de la Pena impuesta hasta el dia: 16-02-2008,-Registrese la presente Resolucion, remitase copia' certificada de la misma
con oficio a la Fiscal 27 del Ministerio Publico y a la Directora de la Carcel Nacional de Maracaibo.

LA JUEZ SEPTIMA DE EJECUCION

DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE

LA SECRETARIA (S),
ABOG. KARINA LEON
En la misma fecha se registro la presente Resolucion bajo el N° 617-05 y se libraron ofidos N° 5603-05 y 5604-05.
LA SECRETARIA