BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 23 de Septiembre de 2005.
195° y 146°

RESOLUCI6N N° 610-05 CAUSA N° 7E-051-03

Visto el computo con actualizacion de Redencion de pena que riela al folio (533) del presente expediente de fecha 20-09-05, del cual se observa que el penado ISRAEL ANTONIO MALDONADO, a quien el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extension Cabimas , condenara a sufrir la pena de CUATRO (04) ANOS DE PRESIDIO, por la comision del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en los articulos,5 y 6, numerales 2° y 3° de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en concordancia con el articulo 82 del Codigo Penal, cometido en perjuicio del Ciudadano JHONNY LEON GARCIA, cumple la pena principal el dia 25-09-05, y en relacion a la vigilancia de la autoridad de la Ley por % parte de la pena que Ie fue impuesta la terminara en fecha 25-09-06.

Ahora bien, por cuanto se observa que el penado ISRAEL ANTONIO MALDONADO, cumple la pena principal el dia Domingo 25-09-05, siendo este un dia no habil, esta Juzgadora ORDENA la LIBERTAD del mencionado penado para el dia 25-09-05 por pena principal cumplida, quedando sujeto a las penas accesorias de Ley por % parte de la Pena impuesta hasta el 25-09-06.

DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Septimo de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA LIBERTAD del penado ISRAEL ANTONIO MALDONADO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 14.236.671, hijo de Israel Maldonado y Maria Garcia, residenciado en la Avenida 34, callejon Paraguaya, casa N0 24, Cabimas, Estado Zulia, POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, quedando sujeto a las penas accesorias de Ley hasta el 25-09-06. Registrese la presente Resolucion, librese boleta de Excarcelacion y remitase con Oficio a la Carcel Nacional de Maracaibo. Notifiquese.-
LA JUEZ SEPTIMA DE EJECUCION

DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE

LA SECRETARIA

ABOG. MARIA GONZALEZ
En la misma fecha se registro la presente Resolucion bajo el N° 610-05, se libro boleta de excarcelacion y se remitio con oficio N° 5566-05 y boletas de notificación N0 882-05 y 883-05 y se remitieron con oficio N° 5567-05 al Alguacilazgo.

LA SECRETARIA