REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 22 de Septiembre de 2005.
195° y 146°
RESOLUCION N0 606-05 CAUSA N0 7E-109-04
Visto el escrito de Redencion, emanado de la Junta de Rehabilitacion Laboral y Educativa de la Carcel Nacional de Maracaibo, asi como del estudio minucioso y exhaustive de las Actas que lo acompanan, suscrita por los miembros de la referida Junta, este Tribunal de Ejecucion, de conformidad con lo que establece el Articulo 509 del Codigo Organico Procesal Penal, pasa a efectuar Computes con Redencion de pena de la siguiente manera:
El penado: ENDRY JOSE RINCON FONSECA, fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) ANOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comision del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 460 del Codigo Penal. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 31-12-02, por lo que hasta el dia de hoy 22-09-05, fecha en la cual se elabora el presente compute lleva detenido: DOS (02) ANOS, OCHO (08) MESES Y VEINTIUN (21) DIAS. Tiene redimido en razon de trabajo y/o estudio NUEVE (09) MESES Y NUEVE (09) DIAS, que sumados al tiempo que lleva detenido hace un total de TRES (03) ANOS Y SEIS (06) MESES; faltandole por cumplir CUATRO (04) ANOS Y SEIS (06) MESES. Cumple la pena principal el dia 22-03-2010; Cumple la mitad de la pena el dia 22-03-2006; Cumplio '/4 parte de la pena el dia 22-03-04; para el beneficio de Destacamento de Trabajo, Cumplio 1/3 parte de la pena el dia 22-11-04; para el beneficio de regimen abierto, Cumple las 2/3 partes de la pena el dia 22-07-2007; para el beneficio de Libertad Condicional, Cumple las V4 partes de la pena el dia 22-03-2008, para el beneficio de Confinamiento y por ultimo se mantendra sometido a la Sujecion a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una ¼ parte de la Pena impuesta hasta el dia: 22-03-2012.-Registrese la presente Resolucion, remitase copia certificada de la misma con oficio a la Directora de la Carcel Nacional de Maracaibo y a la Fiscal 27 del Ministerio Publico.
LA JUEZ SEPTIMA DE EJECUCION
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA GONZALEZ
En la misma fecha se registro la presente Resolucion bajo el N° 606-05 y se libraron oficios N° 5551-05 y 5552-05.
LA SECRETARIA
|