REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


TRIBUNAL SEPTIMO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 20 de Septiembre de 2005
195º y 146º

DECISION N° 590-05 CAUSA N° 7E-105-01

Vista la solicitud presentada por el penado NAPOLEON RUIZ, en el cual pide al Tribunal la extensión de las presentaciones cada dos (2) meses, con el fin de que su actividad laboral sea lo menos afectada o interrumpida. Ahora bien, este Juzgado de Ejecución vista la solicitud presentada por el mencionado penado , ACUERDA EXTERDER las presentaciones por ante este Juzgado de Ejecución del penado NAPOLEON RUIZ, cada DOS (02) meses. Y ASI SE DECIDE.-

Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTERDER las presentaciones por ante este Juzgado de Ejecución del penado NAPOLEON RUIZ, cada DOS (2) meses conforme lo establece el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Publíquese, regístrese y notifíquese.

EL JUEZ SEPTIMO DE EJECUCION

DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE


LA SECRETARIA,

ABOG. MARIA GONZALEZ

En la misma fecha se registró la decisión bajo el Nº 590 -05 Se ofició bajo el N° 5447-05, a la Unidad Técnica.

LA SECRETARIA

ABOG. MARIA GONZALEZ