República Bolivariana de Venezuela




Poder Judicial
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Circuito Judicial Penal
Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
Maracaibo, 30 de Septiembre de 2005
195° y 146°
Causa Nº 3M-380-05

Vista la solicitud recibida en este Tribunal en fecha 09/08/05, realizada por el Abg. HUMBERTO DARRY PEREZ SUAREZ, mediante la cual solicita la acumulación de la presenta causa con la del imputado DOUGLAS ANTONIO LAMUÑO VILLABOS, por existir conexidad de hechos con los imputados a su defendido ISAIAS MENDOZA, y los otros acusados FRALNKLIN ANGULO Y REGINA VIANA SIERRA, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal declara sin lugar dicho pedimento, considerando que la causa correspondiente al imputado DOUGLAS ANTONIO LAMUÑO VILLABOS, se encuentra en una fase anterior y distinta a la fase del juicio oral en la cual se encuentran los acusados ISAIAS MENDOZA, FRALNKLIN ANGULO y REGINA VIANA SIERRA, a quienes si se paralizase la presente causa, se estaría causando perjuicio ya que se estaría ocasionando retardo procesal que no tiene justificación jurídica de acuerdo al marco legal establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que este instrumento no prevé la paralización o suspensión del juicio para el caso de situaciones de hecho similares, por consiguiente en garantía y respeto a los derechos constitucionales, referidos al debido proceso en el artículo 49 de la Constitución Nacional, en concordancia con el artículo 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese.
LA JUEZ SUPLENTE,

MSc. KARINA OCANDO GARCÌA
LA SECRETARIA,

ABG. NIVIA RINCÒN


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y se libó oficio al alguacilazgo Nº 1.288-05.-

La Secretaria,