REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA


JUZGADO DECIMOTERCERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 06 SEPTIEMBRE DE 2005
195º y 146º

RESOLUCIÓN: 1.273-05. CAUSA: 13C-3409-04.-

Vista la comunicación signada con el N° 24-F2-2768-05 de fecha 31 de Agosto de 2005, y recibida por este Tribunal de Control el día 05 de Septiembre de 2005, emanado de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, mediante la cual notifica a este Tribunal el DECRETO de ARCHIVO FISCAL, en fecha 31 de Agosto de 2005, de las actuaciones contenidas en la investigación Penal N° 24-F2-10719-04, seguida en contra del imputado FERNANDO ELÍAS CONTRERAS, este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:

I
El imputado FERNANDO ELÍAS CONTRERAS, fue presentado por ante este Tribunal el día 29 de Octubre de 2004, en la cual se les decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, según Resolución N° 1461-04, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 454, Ordinal 8° del Código Penal, cometido en perjuicio del Ciudadano ROBERTO ALEJANDRO ALVARADO CHACÓN.

Ahora bien, en virtud del DECRETO DE ARCHIVO FISCAL de las actuaciones contentivas de la referida investigación Penal, dictado el 31 de Agosto de 2005, por la Fiscalia Segunda del Ministerio Público, este Tribunal ACUERDA EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, que le fuera impuesta por este Tribunal al imputado de auto, de conformidad con el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia ORDENA notificar a las partes. Y ASÍ SE DECLARA.

II
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, IMPUESTA AL CIUDADANO FERNANDO ELÍAS CONTRERAS; en razón del DECRETO DE ARCHIVO FISCAL de las actuaciones contentivas de la investigación Penal seguida por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, en conformidad con el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese esta decisión en el Libro Respectivo. Notifíquese a las partes y compúlsese copia de archivo y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal a la referida Fiscalía.

LA JUEZ DECIMOTERCERO DE CONTROL,


DRA. ELIDA ELENA ORTIZ.

LA SECRETARIA,


ABOG. MARIA A. SÁNCHEZ.

En la misma fecha, se registró la decisión bajo el Nº 1.273-05 en el Libro de Registro de Decisiones llevado por el Tribunal en el presente año; se compulsó copia certificada de archivo; y se remitió Boletas con oficio N° 2.272-05 al Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.-

LA SECRETARIA,


ABOG. MARIA A. SÁNCHEZ.






EEO/yrc*.-
CAUSA 13C-3409-04.-
24-F2-10719-04.