REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE CONTROL

En el día de hoy, Domingo 11 de Septiembre del 2.005, siendo las 3:39 de la tarde, se constituyó el Juzgado Undécimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con la DRA. MILAGROS SOTO CALDERA, la secretaria ABOG. LIGIA COLINA, se constató la presencia de las partes, se encuentran presentes la Fiscal Octava del Ministerio Público, la defensa THAINA CHAHRAZAD VALCONI, y el imputado de autos FERNANDO CASTAÑO, previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite. En este estado, la DRA. YANNIS DOMINGUEZ, FISCAL AUXILIAR OCTAVA DEL MINISTERIO PUBLICO, quien expuso: “Consigno ante este Tribunal acta emanada de la Fiscalía Octava del Ministerio Público, en la cual se deja constancia de la comunicación que se ha tenido con con el departamento de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, siendo atendida la llamada por la ciudadana ROSA MORA titular de la Cédula de Identidad N° 9.240.310 alguacil de ese Circuito, quien luego de revisar en los libros respectivos, ya que no cuentan con el sistema iuris, constató que en efecto en fecha 14-04-205 recibieron oficio N° 544 de fecha 13-04-2005 emanado del Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, relacionado con la orden de aprehensión en contra del ciudadano FERNANDO ANTONIO CASTAÑO, y que había sido remitida al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación San Cristóbal Estado Táchira en fecha 15-04-2005, siendo recibido por la ciudadana ALIS RAMIREZ; con todo lo cual se sustenta el pedimento suscrito por la vindicta pública el día de ayer, en cuanto a la solicitud de traslado del imputado a la Jurisdicción del Estado Táchira, para lo cual se solicitó colocarlo a disposición de la Brigada de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Por todo lo antes expuesto es por lo que se ratifica nuevamente en todas sus partes el contenido del escrito presentado el día de ayer 10-08-2005. Es todo.” Oída las exposiciones de las partes el día de ayer, este Tribunal observa, consta en actas comunicación N° 9700-135-U.A, 13987, de fecha 09-09-2005 emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Maracaibo en la cual remiten a la Fiscalía Superior del Ministerio Público, las actuaciones relacionas con la detención del ciudadano FERNANDO ANTONIO CASTAÑO BORJAS, quien se encuentra detenido en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, por encontrarse requerido por el Juzgado Tercero de Control del Estado Táchira, según Oficio N° 544 de fecha 13-04-2005 por el delito de Resistencia a la autoridad; así mismo consta en actas comunicación emanada de la Dirección General Sectorial de Alistamiento, adscrito al Ministerio de la Defensa, de fecha 09-09-2005, y dirigido al Comisario Lisandro zapata jefe de la Zulia del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en el cual ponen a la orden del referido despacho al imputado de autos, titular de la Cédula de Identidad N° 17.234.819, quien según antecedentes penales se encuentra solicitado bajo expediente N° 544 de fecha 13-04-2005 por el Juzgado tercero de Control del Estado Táchira, por resistencia a la autoridad; igualmente, consta en actas acta policial de fecha 09-09-2005 emanada del referido Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación Maracaibo, en la cual el funcionario AGENTE BETULIO PUCHE, adscrito a la Unidad de Aprehensión de esa Sub-Delegación, deja constancia de los siguiente: Siendo las 3:00 horas de la tarde de hoy, se recibió llamada telefónica de parte del ciudadano Teniente Coronel (GN) JOSÉ BRACHO GUERRERO, Jefe de la Circunscripción Militar del estado Zulia, notificando que en esa Dependencia Militar se encuentra el ciudadano FERNANDO ANTONIO CASTAÑO BORJAS (…) quien se encuentra requerido por ante el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, según Oficio N° 544 de fecha 13-04-05 por el delito de Resistencia a la Autoridad, razón por la cual seguidamente me trasladé en compañía del funcionario Inspector Jefe NORBERTO LUZARDO hasta la sede del dicha Dependencia Militar, donde una vez presentes nos hicieron entrega con Oficio N° 000561 de fecha 09-09-05, al ciudadano antes indicado y una (vez) en este Despacho quedó identificado plenamente como: FERNANDO ANTONIO CASTAÑO BORJAS (…) seguidamente me trasladé a la Sala de Comunicaciones a fin de verificar los posibles antecedentes o solicitudes que pueda registrar dicho ciudadano, informándome el funcionario Marlos Gutiérrez, credencial 28010, luego de consultar por el Sistema Computarizado de Información policial que efectivamente dicho ciudadano se encuentra requerido por el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, según oficio 544 de fecha 13-04-05, por el delito de Resistencia a la Autoridad, razón por la cual quedará detenido a fin de ser puesto a la orden de la Fiscalía Superior del Estado Zulia, asimismo fue impuesto y se le leyeron sus Derechos contenidos en los artículos 44 y 49 de la Constitución (…) y el artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal (…)”, todas estas en su conjunto, hacen procedente y ajustado a derecho lo solicitado por el Ministerio Público, en el sentido de que se ponga a disposición del Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira al ciudadano FERNANDO ANTONIO CASTAÑO BORJAS, Venezolano, Natural de Victoria, Estado Apure, nacido el día 14-12-1984, de 20 años de edad, cédula de identidad N° 17.234.819, de profesión u oficio estudiante, soltero, hijo de Javier Castaño y de Nair Borjas, residenciado Altos de Jalisco, avenida principal, teléfono: 0414.644.0595, quien se encuentra solicitado por el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, según Oficio 544 de fecha 13-04-2005, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD. En consecuencia se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas División de Captura del Estado Zulia, a objeto de que el imputado FERNANDO ANTONIO CASTAÑO BORJAS, sea traslado con las seguridades del caso y en el termino de distancia, al Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Y ASI SE DECIDE.