En horas de despacho del día de hoy VIERNES 16 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CINCO, siendo LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal N° 02, relacionada con el Juicio que por RECLAMACION ALIMENTARIA sigue MARIA DE LAS MERCEDES PRIETO SALCEDO contra FELIX MANUEL CABRERA RUZA y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la Procuraduría del Estado Zulia, se procedió a notificar a JANETH GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Número V-5.169.740 con el carácter de DIRECTORA LEGAL y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano FELIX MANUEL CABRERA RUZA, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.433.742 como Empleado al Servicio de la Gobernación del Estado Zulia (Comandancia General de la Policía Regional del Estado Zulia) y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano FELIX MANUEL CABRERA RUZA, parte demandada es trabajador al servicio de la Gobernación del Zulia.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de la Gobernación.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS: EL CIEN POR CIENTO (100%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, AHORROS Y FIDEICOMISO QUE PUEDA CORRESPONDERLE AL CIUDADANO FELIX MANUEL CABRERA RUZA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO V-10.433.742, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral como empleado al servicio de la Gobernación del Estado Zulia. (Comandancia General de la Policía Regional del Estado Zulia) Y ASI SE CONFIRMA.- El tribunal deja constancia que las cantidades de dinero a retener deberán ser remitidas en Cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 02, EXP. 6991. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ:
EL NOTIFICADO :

ABOG. GUILLERMO INFANTE


LA SECRETARIA