REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 21 de Septiembre de 2005
195° y 146º
Vista la manifestación de Separación de Cuerpos, presentada por los ciudadanos MARVIN GREGORIO MARÍN ROMERO y ZAIDA DEL VALLE MARCANO VÁSQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.544.468 y V-15.896.836, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado CARLOS MANUEL RIVERAS DABOÍN, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 89.556. En consecuencia, la jueza insta a las partes a conciliarse y por cuanto no hubo tal conciliación, declara la separación de cuerpos en la misma forma, términos y condiciones convenidas por los referidos ciudadanos, de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil.
Expídanse las copias certificadas que fueron menester, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase una vez sean suministradas las copias simples para su certificación.
LA JUEZA,
Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS
LOS CONYUGES,
EL ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA
Abg. CECILIA FAGUNDEZ
EXP. N° 8832-05