REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, tres (03) de Octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: OP02-S-2005-000049
PARTE ACTORA: FREDDY MOYA SERRANO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: Hotel Margarita Dinasty
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Bartolomé Fermin
MOTIVO: Solicitud de Calificación de Despido
En el día de hoy tres (03) de Octubre del año dos mil cinco (2005), siendo la una y treinta (01:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el No. OP02-S-2005-000049, se constituye el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez GRICELDA MARTÍNEZ, con la asistencia del Secretario el Abogado YHOANN RODRÍGUEZ. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal. Encontrándose presente el Abogado Bartolomé Fermin, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.286, representante de la empresa demandada Hotel Margarita Dinasty. En este sentido, el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ,
Abg. GRICELDA MARTINEZ CEDEÑO
EL SECRETARIO,
Abg. YHOANN RODRIGUEZ
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