REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 07 de Octubre de 2005
195° y 146°
DECISION N0 661-05 CAUSA N° 004-02
Vista la solicitud interpuesta por el penado LUIS CARLOS ZABALETA ARISTIMUNO, titular de la cedula de identidad N° 6.168.826, causa N° 004-04, quien goza del beneficio de Libertad Condicional, debidamente asistido por el Defensor Publico N0 21°, Abog. Fernando Silva, donde solicita al Tribunal Ie conceda permiso para trasladarse a la ciudad de Caracas con el fin ubicar una oferta de empleo hasta el 19 de Diciembre del presente ano, este Tribunal en virtud del contenido del oficio N° 1986-05 de fecha 03-10-05, emanado del Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante el cual informan al Tribunal, que en relacion a la causa N° 2C-372-04, seguida en contra del penado LUIS CARLOS ZABALETA, se decreto el archivo fiscal y en consecuencia el archive de las actuaciones y el cese de las medidas impuestas, segun decision N° 539-05 de fecha 12 de abril de 2005, acuerda otorgar al mencionado penado el permiso solicitado, de conformidad con lo establecido el Articulo 51 de la Ley de Regimen Penitenciario,. Y ASI SE DECIDE.-
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Septimo de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA al penado LUIS CARLOS ZABALETA ARISTIMUNO, titular de la cedula de identidad N° 6.168.826 permiso para que se traslade a la ciudad de Caracas, a partir de la presente fecha hasta el 19-12-05, de conformidad con lo establecido en el articulo 51 de la Ley de Regimen Penitenciario. Registrese la presente decision, oficiese al la delegado de prueba Abog. Jacqueline Araque informadole sobre esta decision.
LA JUEZ SEPTIMO DE EJECUCION
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA (S)
ABOG. KARINA LEON
En la misma fecha se registro la decision bajo el N° 661-05 y se oficio bajo el N° 5940-05.
LA SECRETARIA (S),
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