Vista la comunicación de fecha 25-10-05, emanada de la Cárcel Nacional de Maracaibo, mediante la cual solicitan permiso de traslado de la penada CANDELARIA JOSEFINA MUÑOZ DURAN, titular de la Cédula de Identidad 10.415.035, para trasladarse Al encuentro Cultural con la comunidad “Velada Cultural” a efectuarse el día Viernes 04 de Noviembre del presente año, de 9:00 a 6:00 pm en el Complejo Educativo Santa Rosa de Agua, Maracaibo Estado Zulia, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley Orgánica Sobre Régimen Penitenciario, previamente aplicando las Medidas de Seguridad pertinentes al caso y la debida custodia militar, autoriza el traslado de la penada al referido Centro.- Y ASÍ SE DECIDE.-

Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el permiso de traslado de la penada CANDELARIA JOSEFINA MUÑOZ DURAN, titular de la Cédula de Identidad 10.415.035, al encuentro Cultural con la comunidad “Velada Cultural” a efectuarse el día Viernes 04 de Noviembre del presente año, de 9:00 a 6:00 pm en el Complejo Educativo Santa Rosa de Agua, previamente aplicando las Medidas de Seguridad pertinentes al caso y la debida custodia militar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley Orgánica Sobre Régimen Penitenciario. Regístrese la presente decisión y librese oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo.