REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEPTIMO DE EJECUCION
Maracaibo, 26 de Octubre de 2005
195° y 146°
DECISION: N°: 697-05 CAUSA: 439-01
Por cuanto se observa que el computo con redencion de pena elaborado por este tribunal en fecha 08-08-05, al penado RICARDO GONZALEZ, presenta error en cuanto al cumplimiento de las penas accesorias de Ley, este Tribunal de Ejecucion, de conformidad con lo que establece el Ordinal 2° del Articulo 482 del Codigo Organico Procesal Penal, pasa a elaborar nuevo computo de pena a los fines de subsanar dicho error:
El penado: RICARDO GONZALEZ, fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) ANOS DE PR1SION, mas las accesorias de Ley, por la comision del delito de OCULTAMIENTO ILlCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PS1COTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Organica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 06-04-2001, por lo que hasta el dia de hoy 26-10-05, fecha en la cual se elabora el presente computo lleva de pena cumplida: CUATRO (04) ANOS. SEIS (06) MESES Y VEINTE (20) DIAS. Tiene redimido en razon de trabajo y/o estudio UN (01) ANO, ONCE (11) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS, que sumados al tiempo que lleva de pena cumplida hace un total de SEIS (06) ANOS, SEIS (06) MESES y OCHO (08) DIAS; faltandole por cumplir UN (01) ANO. CINCO (05) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS. Cumple la pena principal el dia 18-04-2007; Cumplio 'A parte de la pena el dia 18-04-01; para el beneficio de Destacamento de Trabajo, Cumplio 1/3 parte de la pena el dia 18-12-01; para el beneficio de regimen abierto, Cumplio las 2/3 parles de la pena el dia 18-08- 2004; para el beneficio de Libertad Condicional, Cumplio las ^A partes de la pena el dia 18- 04-2005, para el beneficio de Confinamiento y por ultimo se mantendra sometido a la Sujecion a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el dia: 24-11-2008,-Registrese la presente Resolucion, remftase copia certificada de la misma con oficio a la Fiscal 27 del Ministerio Publico.
EL JUEZ SEPTIMO DE EJECUCION (S)
DR. JULIO S. AREVALO MARQUEZ
LA SECRETARIA (S),
ABOG. KARINA LEON
En la misma fecha se registro la presente Resolucion bajo el N° 697-05 y se lihro oficio N° 6238-05.
LA SECRETARIA (S)
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