REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 11 de Octubre de 2005.
195° y 146°
RESOLUCI6N N0 676-05 CAUSA N° 7E-108-05
Firme como ha quedado el fallo dictado por el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 03-08-05, este Tribunal de Ejecucion de conformidad con lo establecido en el articulo 482 de la Reforma del Codigo Organico Procesal Penal, pasa a Ejecutar dicha sentencia y en consecuencia procede a la elaboración del compute legal respective.
El penado: CARLOS OSMAN ARAUJO GUILLEN, fue condenado a cumplir la pena de SIETE (07) ANOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comision del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 407 del Codigo Penal, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de ADOLFREDO EMIRO LOPEZ MOLINA. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 03-09-2004, por lo que hasta el dia de hoy 11-10-05 fecha en la cual se
elabora el presente compute lleva detenido UN (01) ANO, UN (01) MES y OCHO (08) DIAS, faltandole por cumplir CINCO (05) ANOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS. Cumple la pena principal el dia 03-09-2011; Cumple '/4 parte de la pena el dia 03-06-06; para el beneficio de Destacamento de Trabajo, Cumple 1/3 parte de la pena el dia 03-01-07; para el beneficio de regimen abierto; Cumple la mitad de la pena el dia 03-03-2008; Cumple las 2/3 partes de la pena el dia 03-05-2009; para el beneficio de Libertad Condicional, Cumple las ^A partes de la pena el dia 03-12-2009, para el beneficio de Confinamiento y por ultimo se mantendra sometido a la Sujecion a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/4 parte de la Pena impuesta hasta el dia: 03-06-2013.-Registrese la presente Resolucion, remitase copia certificada de la misma con oficio a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al Director de la Carcel Nacional de Maracaibo, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio de Justicia Division de Antecedentes Penales.
EL JUEZ SEPTIMO DE EJECUCION (S)
DR. JULIO S. AREVALO MARQUEZ
LA SECRETARIA (S),
ABOG. KARINA LEON
En la misma fecha se registro la presente Resolucion bajo el N° 676-05 y se libraron oficios N° 6002-05, 6003-05, 6004-05 y 6005-05.
LA SECRETARIA (S)
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