REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA




JUZGADO NOVENO DE JUICIO
Maracaibo, 11 de Octubre del 2005
195° y 146°

Decisión Nº 039-05
Causa 9U-095-05

Visto El Oficio Nº 24-F1-5180-05 emanado de la Fiscalía 1º del Ministerio Publico de fecha 10 de Octubre del 2005, en el cual ese Despacho Fiscal informa a este Tribunal que decretó de conformidad con el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, el Archivo Fiscal de la causa seguida en contra de los Imputados de autos ERWIN GONZALEZ, YERARDINYS PALENCIA, CAROLINA BOREGO y HENRY ORTIZ y, solicitando en consecuencia el cese inmediato de las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad a las que están sometidos los dos primeros mencionados, y que le fueran impuestas en la oportunidad correspondiente por el Tribunal Sexto de Control, este Tribunal hace las siguientes consideraciones:

Se evidencia de actas que la presente causa seguida en contra de los imputados de autos ERWIN GONZALEZ, YERARDINYS PALENCIA, por la comisión del delito de Extorsión previsto y sancionado en el articulo 459 del Código Penal vigente, fue recibida en este Despacho procedente del Tribunal Sexto de en funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, bajo las normas del Procedimiento Abreviado, tal y como lo establecen los artículos 372 ordinal 1º y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en la oportunidad procesal pertinente se ordenó su remisión al Tribunal de Juicio que le correspondiera conocer, siendo fijado por ante este Tribunal el Juicio Oral y Publico de conformidad con el segundo aparte del articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que en virtud del procedimiento especial por el que se tramitó la presente causa, y la brevedad de los lapsos procesales, lo procedente es la presentación de Acto Conclusivo de la investigación en la fase de Juicio, tal y como lo hizo el Fiscal 1° del Ministerio Publico al consignar Oficio 24-F1-5180-05 en donde informa a este Tribunal que Decreto el Acto Conclusivo de Archivo Fiscal según articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente investigación llevada por su Despacho.

Igualmente se constata de las actuaciones que rielan a la presente causa que al momento de celebrarse por ante el referido Tribunal en funciones de Control, la Audiencia Oral de presentación de Imputados, el Tribunal le impuso a los imputados ERWIN GONZALEZ y YERARDINYS PALENCIA, las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad contenidas en los ordinales 3 y 4 del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, como lo era la presentación periódica ante la Autoridad Judicial cada 8 días y la prohibición de salir de la jurisdicción del Tribunal sin previa autorización del mismo. En atención a ello, tal y como lo establece el contenido del articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, una vez decretado como ha sido el Archivo Fiscal de las presentes actuaciones, lo procedente en Derecho es el cese inmediato de toda Medida Cautelar decretada contra los imputados de autos ERWIN GONZALEZ, YERARDINYS PALENCIA, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Y ASI SE DECIDE.

Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Noveno de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: ACUERDA: PRIMERO: El Cese inmediato de las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad contenidas en el articulo 256 ordinales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, impuestas en contra de los imputados ERWIN GONZALEZ, portador de la Cedula de Identidad No. 17.231.569, residenciado el la Urb. Mara Norte Ave. 1 Casa 0516, Maracaibo Estado Zulia, y YERARDINYS PALENCIA, portadora de la Cedula de Identidad No. 17.188.211, residenciado en la Urb. SAN BENITO VEREDA 1 CASA 19 Municipio Santa Rita Estado, al momento de la Audiencia Oral de presentación ante el Tribunal Sexto de Control por la comisión del delito de EXTORSIÓN previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, de conformidad con el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda notificar de la presente decisión al fiscal del Ministerio Publico, a los imputados referidos y a la victima JOHANA PALENCIA y Oficiar al Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial informando lo decidido.

Regístrese y notifíquese la presente Decisión.

JUEZ NOVENO DE JUICIO

Dra. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA




LA SECRETARIA (S)

ABOG: MARIA JOSE ABREU BRACHO

En la misma fecha se Registro la Decisión con el Nº 039-05

LA SECRETARIA SUPLENTE