REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL
MARACAIBO, 04 de octubre de 2005
195° Y 146°
Decisión N° 1563 -05 Causa N°. 10C-170-04.
Visto el escrito presentado por la ABOG. AURA DELIA GONZALEZ FISCAL 35° DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO ZULIA, mediante el cual DECRETA EL ARCHIVO de las presentes actuaciones, conforme al artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, sin perjuicio de su reapertura cuando surjan nuevos elementos de convicción que comprometan la responsabilidad penal de alguna persona, por considerar que hasta la presente fecha el resultado de la investigación resulta insuficiente para presentar Acusación en contra del ciudadano JOAN MANUEL PORTILLO MARTINEZ, por la presunta comisión del delito LESIONES CULPOSAS, en perjuicio de MONICA MILDRED POTELLO, razón por la cual solicita el cese de toda MEDIDA CAUTELAR acordada en contra de el imputado.
De las mismas actuaciones analizadas se evidencia la comisión de un hecho punible que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita; sin embargo, de la investigación realizada por el Ministerio Público, no surgieron fundados y plurales elementos de convicción para considerar al imputado como autor o partícipe del delito que se le atribuye, por lo que se considera ajustado a derecho el ARCHIVO FISCAL decretado por el Representante del Ministerio Público, y el cese inmediato de las MEDIDAS CAUTELARES decretadas por este Juzgado al imputado de autos. Y ASI SE DECIDE.
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE DECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en virtud del ARCHIVO FISCAL de las presentes actuaciones, decretado por la Fiscalía Undécima del Ministerio Público, ordena EL CESE INMEDIATO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES decretadas por este Juzgado en contra del ciudadano JOAN MANUEL PORTILLO MARTINEZ, por la presunta comisión del delito LESIONES CULPOSAS, en perjuicio de MONICA MILDRED POTELLO; según lo dispuesto en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal y, sin menoscabo del derecho de la víctima a solicitar en cualquier momento, la reapertura de la investigación indicando las diligencias pertinentes.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
FREDDY HUERTA RODRÍGUEZ
JUEZ DÉCIMO DE CONTROL
ABOG. JESÚS MARQUEZ
EL SECRETARIO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se registró esta decisión bajo el N° 1594 -05, y se ofició bajo el N° 2886 -05
EL SECRETARIO
FHR/jf.
CAUSA N° 10C-170-04.-