REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL
MARACAIBO, 19 de OCTUBRE 2005
195° Y 146°
ACTA DE AUDIENCIA ORAL
DECISIÓN N° 1741-05 CAUSA N° 10C-076-04(S)
Siendo el día la hora y la oportunidad fijada para llevar a cabo el Acto de Audiencia oral, de conformidad con el Articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, estando Constituido legalmente el Tribunal, por El Juez Décimo de Control, Abogado. FREDDY HUERTA, el Secretario Abogado JESÚS MÁRQUEZ RONDON, verificada la presencia de las partes se constato que se encuentra presente el FISCAL TERCERO DEL MINISTERIO PUBLICO, Ciudadano: RICARDO MEDINA PETIT, quien no esta asistido de abogado pero manifiesta que sabe perfectamente y conoce el tipo de acto que se esta realizando y no considera que esta en estado de indefensión El ciudadano CARLOS CADET BLANCO, en este estado se le concede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público quien expuso: Que le Ministerio Público visto de que habían dos solicitantes de Vehículo MARCA: CHRYSLER; MODELO: NEON; COLOR AZUL; PLACAS: MBR-27E; AÑO: 2000; TIPO: SEDAN: USO PARTICULAR; SERIAL DE CARROCERÍA: 8Y3HS27C2Y1204425; SERIAL DEL MOTOR: 4 CILINDROS;, remitió las actuaciones al Tribunal a los fines de que resolviera la cuestión incidental, ya que en ese caso no podía hacer la entrega, igualmente expone que no tiene posición respecto a quien le debe ser entregado el Vehículo, deja al Tribunal la decisión; Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Ciudadano: RICARDO MEDINA PETIT, quien expone que fue estafado, no sabia el problema que tenia el vehículo, lo que si esta claro es que ya el mismo esta totalmente identificado, y que ya tiene un dueño, pide al estado que siga investigando a los fines de que logre identificar a la persona que lo estafo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Ciudadano CARLOS GADET BLANCO quien expone: que deja a criterio del Tribunal la decisión pero esta demostrado que la empresa a la que representa es la legitima propietaria del Vehículo. Es todo. El Tribunal Vista la verificación de la documentación presentada, visto igualmente el desistimiento del Ciudadano: RICARDO MEDINA PETIT, quien esta conciente de que el vehículo ya esta completamente identificado y hay un legitimo propietario, visto el escrito mediante el cual desiste de su reclamación, Visto Igualmente el escrito en el cual la Empresa ZURICH, SEGUROS S.A, se subroga en los derecho y acciones sobre el referido vehículo, se Acuerda la entrega Plena del referido vehículo a la empresa ZURICH, SEGUROS S.A , librense los oficios correspondientes. Quedan notificadas las partes de la presente decisión.Y ASÍ SE DECIDE.
Por los fundamentos de hecho y derecho ante expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE DÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda la entrega en PLENA PROPIEDAD, al Abog., CARLOS GADET BLANCO con el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil ; ZURICH, SEGUROS S.A del Vehículo MARCA: CHRYSLER; MODELO: NEON; COLOR AZUL; PLACAS: MBR-27E; AÑO: 2000; TIPO: SEDAN: USO PARTICULAR; SERIAL DE CARROCERÍA: 8Y3HS27C2Y1204425; SERIAL DEL MOTOR: 4 CILINDROS, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor.
SEGUNDO: se acuerda oficiar lo conducente al represéntate legal del estacionamiento La chinita a fin de que haga entrega de antes identificado vehículo a su legitimo propietario o represéntate legal acreditado.
TERCERO: Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalia de Origen en la oportunidad legal correspondientes.
Se hace constar que en el desarrollo de la presente Audiencia se cumplieron con todas las formalidades de ley correspondientes, quedando notificadas las partes y sus representantes. Concluyó el presente acto siendo las Once de la mañana (11:00am). Se registro la presente decisión bajo el número . 1741-05,Se libro oficio Nº 3119-05, al estacionamiento la Chinita Terminó se leyó y conforme firman.
EL JUEZ DÉCIMO DE CONTROL
ABOG FREDDY HUERTA RODRÍGUEZ
EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABOG JOSÉ LUIS GONZÁLEZ
SOLICITANTES
RICARDO MEDINA PETIT. CARLOS GADET BLANCO
EL SECRETARIO
ABOG JESÚS MÁRQUEZ RONDON
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, se oficio bajo el N° 3119-05 al encargado del estacionamiento la chinita.
EL SECRETARIO.
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