REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION
SECCION ADOLESCENTE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 13 de Octubre 2005
195° Y 146°

ACTA DE REVISION DE SANCION DE
LIBERTAD ASISTIDA E
IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA
CAUSA Nº 1E-632-04

En fecha de hoy, Trece (13) de Octubre del año dos mil cinco (2005), siendo la fecha fijada por este Tribunal, presentes en el Despacho la Juez de este Juzgado DRA. MARIA CHOURIO DE NUÑEZ, conjuntamente con la Secretaria Suplente ABG. KEILY CRISTARI SCANDELA, la Fiscal Trigésimo Séptimo Especializada del Ministerio Público, Dra. BLANCA RUEDA, estando presente en este acto la Defensa Privada Abg. WILLIAN SIMANCAS, el adolescente: SE ODMITE 545 L.O.P.N.A, previa notificación de la presente Audiencia, en la cual se ordena la revisión del cumplimiento de las sanciones impuestas al adolescentes antes mencionado. En este Estado el Tribunal procede a cederle la palabra a la Defensa Privada Abg. WILLIAN SIMANCAS, quien expone: “En este acto vengo a ratificar que mi defendido de causa a cumplido cabal y fielmente con la medida cautelar decretada por el Tribunal de Control respectivo, por lo que solicito a este Juzgado de Ejecucion mantenga dichas medidas, es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al adolescente: SE ODMITE 545 L.O.P.N.A, quien expuso: “Estoy de acuerdo con lo expuesto por mi Defensa, es todo”. Posteriormente se le concede la palabra al Fiscal Especializado del Ministerio Público quien expone: “En este acto manifiesto estar conforme con la decisión que dicte este Tribunal, es todo”. Oídas las exposiciones de las partes este y en uso de las atribuciones que confiere el Artículo 647 literal “A y “E” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Ordena Continuar con el cumplimiento de las sanciones de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta impuestas por este Tribunal al adolescente SE ODMITE 545 L.O.P.N.A,. SEGUNDO: Se acuerda convocar a una Audiencia Oral y Reservada para el día VEINTE (20) DE Marzo DE 2006, A LAS (09:30) HORAS DE LA MAÑANA, a los fines de proceder a la revisión del cumplimiento de las sanciones impuestas y al posible cese del adolescente antes mencionado. Quedan debidamente notificadas las partes de lo acordado, así como del contenido de la resolución leída en este acto. Se ordena registrar la presente decisión bajo el N° 642-05 de esta misma fecha. Termino se leyó y conforme Firman.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. MARIA CHOURIO DE NUÑEZ


FISCAL 37º ESPECIALIZADO

ABG. BLANCA RUEDA


LA DEFENSA PRIVADA

ABG. WILLIAN SIMANCA

LA SECRETARIA

ABOG. KEILY CRSITARI SCANDELA



MCHdN/rjec
Causa 1E-632-04