REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Santa Bárbara de Zulia, 18 de Octubre de 2005.-
195° -------------------------------- y -------------------------------------- 146°
En el día de hoy, dieciocho de Octubre del año Dos Mil Cinco, (2005) día y fecha para llevar a efecto este acto, y siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de Los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento de la Ejecutante ciudadana ROSA AURA SOTO PARRA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 7.643.934, asistida en este acto por el Abogado en Ejercicio ALFREDO MENDOZA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.355.065, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 28.068, ambos domiciliados en Jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia, en un inmueble ubicado en la Avenida lG, Esquina con calle 11 N°. 11-25, Sector Abelardo Bracho de la Población y Parroquia Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a los fines de Ejecutar MEDIDA DE SECUESTRO sobre el mismo, según lo ordenado por el Juzgado del Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para lo cual fue suficientemente comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción procede a Notificar de la presente Medida a la ciudadana INGRID CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 13.420.566, quien se encuentra presente para la práctica de la misma. Este Tribunal procede a nombrar SECUESTRATARIA JUDICIAL a la ciudadana ROSA AURA SOTO PARRA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 7643934 y PERITO AVALUADOR al ciudadano ADALBERTO MONTIEL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 3.078.914, quienes estando presentes aceptaron los cargos para los cuales fueron designados y prestaron el juramento de Ley en la siguiente forma: ¿ JURAN USTEDES CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES INHERENTES DE LOS CARGOS PARA LOS CUALES FUERON DESIGNADOS? Y contestaron: SI LO JURAMOS. Este Tribunal deja constancia que se encuentra presente la Ingeniera LENIS QUINTERO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 7.902.751, Consejera de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Colón. En este estado el Perito practico deja constancia de lo siguiente: Dicho inmueble esta construido por una sola pieza que mide tres metros de ancho por nueve metros de largo aproximadamente, la cual esta dividida en una habitación, una sala sanitaria y una cocina comedor, construida de techo de zinc, vigas de hierro, pisos de cemento, paredes de bloques, puertas de hierro y ventanas de hierro. La representante del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente deja constancia: Que no hubo atropello ni maltrato hacia las niñas de nombre RUBIA ALEXANDRA PORTILLO de nueve años y CARLA ESTEFANIA REYES CASTILLO de diez meses de nacida. Esta Jurisdicción Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: SECUESTRADO JUDICIALMENTE el inmueble Ut-Supra identificado y hace formal entrega del mismo a la Secuestrataria Judicial designada recordándole la obligación en que se encuentra de cuidar dicho inmueble como u buen Padre de familia, libre de personas y cosas, y en Santa Paz. Enmendado: Practico, nombre. Valen.- Terminó, se leyó y conformes firman, menos la Notificada por negarse a hacerlo.-
El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ.
La Ejecutante, secuestrataria y su Abogado asistente,
El Perito Práctico,
La Notificada,
La Representante del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente,
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Santa Bárbara de Zulia, 18 de Octubre de 2005.-
195° -------------------------------- y -------------------------------------- 146°
Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver al Tribunal comitente en Original con sus resultas, mediante Oficio. Cúmplase.-
El Juez,
ABOG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
En la misma fecha conforme a lo ordenado se Oficia bajo el número 6l50-128, remitiéndose constante de Doce (12) folios útiles.-
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.-
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