REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de despacho del día de hoy, diecinueve de Octubre de dos mil cinco, siendo las diez y diez minutos de la mañana, día y hora previamente fijada por este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretado por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), que sigue la ASOCIACION CIVIL NUEVO AMANACER, contra la ciudadana: LEDYS BARRUETA, titular de la cédula de identidad No.V-11.263.611.- seguidamente este Tribunal se trasladó por solicitud e indicación de la Apoderada Judicial de la parte actora, es decir endosataria en procuración de la parte actora la abogada ADRIANA M. MEDIDA, inscrito en el I.P.S.A, bajo el No. 111.569, a la siguiente dirección: Avenida principal Hatico por debajo, calle 118, callejón San Pedro, específicamente en el inmueble signado bajo el No. 17B-92, del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.-Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar de la presente medida a la ciudadana: LEDYS MARIA BARRUETA MATERAN, quién es mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad No.V-11.293.611 y de este domicilio, en su carácter de parte demandada en el presente juicio.- De inmediato este Tribunal procede a nombrar Depositaria Judicial Sur del Lago, C.A., representada en este acto por el ciudadano: IGOR DELGADO HUERTA, quién es mayor de edad, venezolano, casado, Licenciado en Administración, titular de la cédula de identidad No.V-5.170.472 y de este domicilio, y al mismo se nombra perito avaluador, quién estando presente aceptó los cargos y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impone los cargos recaído en su persona Contestó: Si lo juro.- En este estado presente la ciudadana: LEDYS MARIA BARRUETA MATERAN, antes identificada y parte demandada en el presente juicio y asistida en este acto por la abogada en ejercicio JESSICA DEL CARMEN SANCHEZ CHIRINOS, inscrita en el I.P.S.A., bajo el No. 109.565, expuso: “Me doy por intimada, para todo los actos del presente procedimiento y a los fines de llegar a un convenio de pago en relación a la deuda que mantengo con la Asociación Civil NUEVO AMANECER, propongo las siguientes: Acepto en cancelar la cantidad de TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.400.000,oo), que comprende capital, intereses, honorarios profesionales y costos profesionales.- Dicha cantidad propongo cancelarla de la siguiente forma: en este acto hago entrega a la parte actora de la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.300.000,oo), en dinero efectivos, en fecha veintiuno de noviembre del dos mil cinco, haré entrega de la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo) y en fecha veintiuno de diciembre del presente año la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS CICNUENTA MIL BOLIVARES (Bs.1.550.000.oo).- Acepto que el incumplimiento en el pago de una de las cuotas dará derecho a la parte actora a solicitar la ejecución forzosa del presente convenio y en caso de remate de bienes de mi propiedad el mismo se llevará a cabo a través de un solo cartel de remate y por un solo perito avaluador.- Dicho pago serán realizados en la siguiente dirección : avenida 3Y entre calle 74 y 75 Centro Comercial San Martín local 7, Maracaibo Estado Zulia.- En este estado presente la ejecutante expuso: Acepto el convenio de pago propuesta por la parte demandada en los términos expuestos.- Ambas partes solicitan de este Tribunal se abstenga de ejecutar la presente medida ya cuerda remitir el presente exhorto al Tribunal comitente, y asimismo solicitamos al Tribunal comitente se abstenga de archivar el presente expediente hasta tanto conste en acta el total cumplimiento de la obligación aquí contraída y una vez cumplida el convenimiento homologue el presente convenimiento y le de carácter de cosa juzgada.- En este estado el Tribunal vista la solicitud de las partes se abstiene de ejecutar el presente exhorto y acuerda remitir el presente exhorto con sus resultas al Tribunal de la causa a los efectos de ley.-Asimismo este Tribunal deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los artículos 254 y el segundo aparte del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Concluyó el acto siendo las once de la mañana.- Terminó se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ TEMPORAL,



ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO

LA NOTIFICADA Y PARTE DEMANDADA Y ABOGADA ASISTENTE,

EL EJECUTANTE,


EL REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL Y PERITO AVALUADOR

LA SECRETARIA,


ABOG, LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ