REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

Comisión No 1298/2005


República Bolivariana de Venezuela
En su nombre:
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

195° y 146°

En el día de hoy, VEINTISEIS (26) de Octubre del año dos mil cinco (2005), siendo las ONCE horas de la mañana (11:00 a.m.), la oportunidad fijada para llevar a efecto la ejecución de la Medida Preventiva de Embargo, decretada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal No 01, Extensión Cabimas, en el Juicio que por RECLAMACION ALIMENTARIA, sigue la ciudadana DEISY MARGARITA PAZ, portadora de la cédula de identidad No. V-10.212.095, en contra del ciudadano CARLOS LUIS SAAVADRA SOLER, portador de la cédula de identidad No. V-9.558.431, llevado en el expediente No. 5175-05, de la nomenclatura llevada por el mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente donde funciona el HOSPITAL GENERAL DEL SUR, ubicado en la Circunvalación No. 1, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal a la ciudadana EDICTA B. SULBARAN, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-5.726.657, en su condición de ASISTENTE ANALISTA DE PERSONAL I, de la mencionado HOSPITAL GENERAL DEL SUR, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución.- Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar los conceptos a embargar señalados en el despacho Comisorio, los cuales se describen a continuación: Retener EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro, Fideicomiso e Intereses que le pueda corresponder al ciudadano CARLOS LUIS SAAVADRA SOLER, portador de la cédula de identidad No. V-9.558.431, como Trabajador al servicio del HOSPITAL GENERAL DEL SUR, para el momento del retiro del lugar de trabajo por causa que fuere.- En este estado, el JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE los conceptos señalados y descritos en esta acta, y en consecuencia declara consumada la Desposesión Jurídica de la ejecutada. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la representante de la Notificada, lo siguiente: Las cantidades a retener derivadas de los conceptos establecidos en esta acta, deberán ser remitidas, en cheque de Gerencia a nombre y a la orden del Juzgado de la Causa, es decir, al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal No 01, Extensión Cabimas,. Se deja constancia, que la representante de la Notificada, manifestó darse por notificada, a reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta o prestó servicio para la Unidad Educativa que representa.- Siendo las ONCE TREINTA horas de la MAÑANA (11:30 a.m), se dio por terminado el acto. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.



EL JUEZ,


ABOG. EDMUNDO FINOL RINCON


LA NOTIFICADA,




LA SECRETARIA,


ABOG. MARGARITA MEDINA V.