REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

Comisión No 1383/2005


República Bolivariana de Venezuela
En su nombre:
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

195° y 146°

En el día de hoy, CATORCE (14) de Octubre del año dos mil cinco (2005), siendo la UNA horas de la TARDE (1:00 p.m.), la oportunidad fijada para llevar a efecto la ejecución de la Medida Preventiva de Embargo, decretada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal No 01, en el Juicio que por RECLAMACION ALIMENTARIA, sigue la ciudadana ANA RAFAELA FERNANDEZ, portadora de la cédula de identidad No. V-12.379.880, contra el ciudadano PEDRO LUIS MORENO, portador de la cédula de identidad No. V-11.389.501, a favor dela niña ANA VERONA MORENO FERNANDEZ, llevado en el expediente No. 07158, de la nomenclatura llevada por el mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, donde funciona la empresa BAKER HUGHES, S.R.L, ubicada su sede en el final del kilómetro 4 vía Perija, Zona Industrial, al lado dela empresa Pesi-Cola C.A, Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal a al ciudadano ELVIS JAVIER ALBORNOZ CANO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-7.861.328, en su condición de GERENTE DE RECURSOS HUMANOS de la empresa BAKER HUGHES, S.R.L, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución.- Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar los conceptos a embargar señalados en el despacho Comisorio, los cuales se describen a continuación: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%), del sueldo que le corresponda al ciudadano PEDRO LUIS MORENO.- B) El VEINTE POR CIENTO (20%), de lo que devengue el recamado sobre las utilidades o bonificación de fin de año. C) EL VEINTE POR CIENTO (20%), sobre el Bono vacacional. D) En caso de que el ciudadano goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, retener EL CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos. E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las prestaciones sociales, Caja de ahorros, Fideicomiso o cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al obligado en caso de retiro, jubilación o muerte meritocracia o por haber terminado su relación laboral.- En este estado, el JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE los conceptos señalados y descritos en esta acta, y en consecuencia declara consumada la Desposesión Jurídica del ejecutado. Este Jurisdicción Ejecutoria de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, y en cumplimiento con lo ordenado en el Despacho Comisorio, le hace saber a la empresa BAKER HUGHES, S.R.L en la persona del Notificado, lo siguiente: PRIMERO: Las cantidades a retener derivadas de los conceptos indicados en los literales A), B), C) Y D), deberán ser entregadas a la demandante de autos, o deberán ser remitirlas al Tribunal de la Causa en cheque de Gerencia a nombre del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 01 , y las contenidas en el literal E), deberán ser remitida en Cheque de Gerencia, a nombre del Tribunal de la Causa Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 01.Solo reciben Cheques los días Martes y Jueves, ubicado geográficamente en el anexo al Edificio Arauca, Av.4 Bella Vista entre 68 y 69, en jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.- Se deja constancia, que el representante de la Notificada, manifestó darse por notificado, a reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta o prestó servicio para la empresa que representa.- Siendo las UNA y VEINTE horas de la TARDE (1:20 p.m), se dio por terminado el acto. Terminó, se leyó y conformes firman.



EL JUEZ,


ABOG. EDMUNDO FINOL RINCON


EL NOTIFICADO,




LA SECRETARIA,


ABOG. MARGARITA MEDINA V.