REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, catorce de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ACTA TRANSACCIONAL
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-001061
PARTE ACTORA: Luis Arturo Perozo Gonzalez
ABOGADO ASISTENTE: : Jaime Blanco, Inpreabogado: 46.381.
PARTE DEMANDADA: SERENOS RESPONSABLES (SERECA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Monica Montiel, Inpreabogado: 115.233.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
Hoy, 14 de Octubre de 2005, siendo las 3:30 p.m. día fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos Luis Arturo Perozo Gonzalez, asistido por el profesional del derecho abogado Jaime Blanco, en su condición de parte actora y SERENOS RESPONSABLES (SERECA) en su condición de parte demandada representada en este acto por su apoderada judicial abogada Mónica Montiel, dándose inicio a la Audiencia en donde las partes han llegado a un acuerdo producto de la mediación por la cantidad de UN MILLON DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00 ), pagaderos mediante cheque personal número: 03726830, de fecha 13 de octubre de 2005, a nombre de Perozo González Luís Arturo, y en contra del Banco Provincial; por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda; esto es por los siguientes conceptos: antigüedad, vacaciones, bono vacacional fraccionado, y utilidades, estos conceptos causados durante la relación laboral desde el 07 de mayo de 2004 al 30 de abril del 2005. El Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva y por cuanto la transacción a que han llegado las parte no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, y por cuanto la juez que preside el Tribunal verifico que el trabajador actuó libre de constreñimiento, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL Y LE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, declarando terminado el proceso, y ordena archivar definitivamente el expediente. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar.
La Juez
La Secretaria
Mgs. Judith del Carmen Castro
Abog. Oneydis Mendoza.
Los Presentes
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