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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, trece (13) de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : VP01-S-2005-000438
En el día hábil de hoy 13 de octubre de 2005, siendo las 11.00 a.m., se deja constancia que estando presente la apoderada judicial de la demandada Sociedad Mercantil PERFORACIONES DELTA C.A. abogada NERYS XIOMARA RAMÍREZ, según consta en documento poder que presenta en copia certifica, junto con escrito de promoción de pruebas todo constante de 08 folios útiles, y que el Tribunal ordena agregar en este mismo acto; asimismo se deja constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194.
La Juez
La Secretaria
Mgs. Judith del Carmen Castro
Abog. Oneylis Mendoza
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