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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
 La Asunción, once de Noviembre de dos mil cinco
 195º y 146º
 ACTA
 
 IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
 N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2005-000437
 PARTE ACTORA: Isabel Josefina Tillero
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: No compareció.
 PARTE DEMANDADA: Amigos Café Bar  & Grill, C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: No compareció.
 MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.
 
 En el día hábil de hoy, 11 de Noviembre de 2005, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto a las puertas de este Tribunal y se constató la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
 LA JUEZ
 
 Abg. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO
 
 EL SECRETARIO
 
 Abg. YHOANN RODRÍGUEZ
 
 GMC/YR/hpr
 
 
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